Escal, participada en un 66,7% por ACS, tendría derecho a recibir una indemnización del Estado de 1.570 millones de euros si se cierra Castor. El Tribunal Supremo ha acabado con las esperanzas del Ministerio de Industria de ahorrarse una posible indemnización si cierra de forma definitiva el almacén de gas Castor. En una sentencia del pasado 14 de octubre, el Alto Tribunal ha confirmado la obligatoriedad de compensar a la empresa encargada de la gestión (Escal, participada por ACS al 66,7%) incluso en caso de negligencia.
La autorización de Castor especifica que en caso de suspensión o finalización de la concesión, la instalación pasaría a ser titularidad del Estado y el operador de la planta tendría derecho a una indemnización equivalente al valor neto contable del proyecto, 1.570 millones de euros.
El importe de la indemnización se reduce en caso de que el cierre se debiera a «dolo o negligencia del operador» al valor residual de este, que se refiere al valor del activo en el momento en que deja de usarse.
Es referente a este punto donde tenía su origen la reclamación del Gobierno. El ministro Jose Manuel Soria aseguraba la semana pasada que «si hay dolo o negligencia no hay que indemnizar nada» y que se trataba de una condición «abusiva para el interés general».
El recurso de Industria ante el Tribunal Supremo fue interpuesto por el Abogado del Estado en julio de 2012 y más de un año después ha sido desestimado por el tribunal.