El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de este viernes la prohibición de los detectores de radares, al considerar que su venta y uso tienen como objetivo el incumplimiento de los límites de velocidad. La norma, que se incluye dentro de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, establece una sanción de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carné por quebrantar esta prohibición.
El Ministerio del interior entiende que el uso de los detectores de radares es incompatible “con las normas sobre limitación de velocidad y, en general, con las políticas de seguridad vial”.
Por ello, el uso de estos aparatos, que dejó de sancionarse en la Ley de Tráfico de 2009, se tipifica ahora como infracción grave, lo que está sancionado con 200 euros y con la detracción de tres puntos.
La reforma normativa aprobada por el Consejo de Ministros este viernes mantiene la prohibición de los inhibidores de radar, y se siguen permitiendo los mecanismos que informan de la posición de los radares.
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