El PP no ha vulnerado la legislación vigente al destruir el registro de visitas de la sede nacional del partido, en la madrileña calle Génova 13, que el pasado mayo le reclamó el juez Pablo Ruz en el marco de la investigación del ‘caso Bárcenas’. Según el artículo 4 de la Ley de protección de datos en su apartado 5, “los datos de carácter personal serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual hubieran sido recabados o registrados”.
La ley es clara: “No serán conservados en forma que permita la identificación del interesado durante un período superior al necesario para los fines en base a los cuales hubieran sido recabados o registrados”. Con este contexto, la dirección nacional del PP ha dejado al juez Ruz con las ganas de conocer la información de los registros de entrada entre 2001 y 2008.
Así lo han asegurado fuentes de la Agencia Española de Protección de Datos que, preguntados por este diario, han asegurado que la práctica lleva a cabo por el partido de Mariano Rajoy “está contemplada en la ley”. Eso sí, este departamento ha evitado hacer cualquier comentario sobre si es habitual o no la destrucción de estos datos exigido por un magistrado hace poco más de un mes.







