El órgano señala que los organismos adscritos a los Ministerios del Área Administrativa del Estado no justificaron “adecuadamente” la “necesidad” de las obras que licitaron en 2013 y 2014. Podría parecer que el Tribunal de Cuentas ha hecho un ‘copia y pega’ de un año a otro a la hora de sacar las conclusiones de cómo licitan los organismos adscritos a los Ministerios del Área Administrativa del Estado. El órgano fiscalizador ha apreciado en los contratos de obras que realizaron estas instituciones en 2013 y 2014 una serie de errores que son suficientes para poner el foco sobre el sistema de adjudicación.
El Tribunal de Cuentas, pese a aprobar el “Informe de fiscalización de los contratos de obras de importe superior al contrato menor que no sean de remisión obligatoria, celebrados por los organismos adscritos a los ministerios del área político-administrativa del estado, ejercicios 2013 y 2014”, ha criticado que en “numerosos” contratos “no se justificó adecuadamente la necesidad del objeto de la contratación”. Un problema que no ha pasado por alto en las conclusiones publicadas este jueves y que coincide con el estudio que hizo público el pasado 22 de enero de 2016 sobre las licitaciones de 2013.
El patrón es el mismo: de 2013 a 2014 estos 27 organismos adscritos como el Instituto Nacional del Artes Escénicas y del Música, la Dirección General de Tráfico, el Consejo Superior de Deportes, la Agencia Estatal Boletín Oficial Del Estado, el CIS o el Servicio Militar de Construcciones, entre otros, cometieron los mismos errores.
Otro de las conclusiones que ha extraído el Tribunal de Cuentas es que hubo “numerosas deficiencias en el cálculo y en la determinación de los presupuestos de licitación”. Y existieron algunos requisitos que estos organismos ignoraron como que no se tuviera en cuenta “la posible variación de los precios de mercado”. A su vez, estas instituciones sí fijaron el precio cogiendo “como referencia el precio de adjudicación de los contratos anteriores”,
El órgano fiscalizador también ha señalado que en 2013 y 2014 en los pliegos de las cláusulas administrativas particulares “no se estableció adecuadamente la forma en la que los licitadores deben acreditar su solvencia”. Asimismo, las entidades fiscalizadas hicieron oídos sordos a la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres al no haber establecido “condiciones especiales de ejecución con el fin de promover la igualdad entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo”.
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