La Comunidad protege el Palacio de la Prensa al declararlo Bien de Interés Patrimonial

Madrid

La Comunidad protege el Palacio de la Prensa al declararlo Bien de Interés Patrimonial

Palacio de la Prensa

La declaración como BIP de este edificio de la Gran Vía obliga a que cualquier actuación sea autorizada por la Dirección General de Patrimonio Cultural. La Comunidad de Madrid ha declarado Bien de Interés Patrimonial (BIP) el Palacio de la Prensa, ubicado en la madrileña Gran Vía. Con esta figura de protección, contemplada en la Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, se reconocen los valores arquitectónicos, históricos y artísticos del edificio, uno de los edificios más significativos construidos en la primera mitad del siglo XX en Madrid.
 
Según recalca el Gobirno regional en un comunicado «el Palacio de la Prensa, proyectado en 1924 por el arquitecto Pedro Muguruza, es uno de los edificios más significativos construidos en la primera mitad del siglo XX en Madrid. Obra singular por sus características arquitectónicas, por su escala, su vocación monumental y por su protagonismo en la escena urbana, constituye un ejemplo importante en el desarrollo de una tipología específica para los edificios multifuncionales».
 
El inmueble fue durante un breve tiempo, hasta la inauguración del edificio de Telefónica, el más alto de la ciudad. Ha albergado a lo largo de su historia, además de las oficinas y salones de la Asociación de la Prensa de Madrid, locales de cine y espectáculos, cafés, oficinas, viviendas, redacciones de periódicos, y en su torre, los locales de la compañía del Teatro de la Barraca creado por Federico García Lorca.
 
Su estética responde a las últimas fases de la arquitectura ecléctica, que recoge influencias de otros grandes arquitectos españoles como Antonio Palacios o Modesto López Otero y de la arquitectura americana de la época.
 
El Ejecutivo que preside Cristina cifuente recuerda en dicho comunicado que «la protección de bienes a través de su declaración como BIC o BIP, supone que cualquier actuación que se pretenda llevar a cabo sobre los mismos debe ser autorizada previamente por la Dirección General de Patrimonio Cultural. En todo caso, deberán ajustarse a lo dispuesto en el texto de la declaración que, entre otros aspectos, regula los criterios básicos que deben respetar las intervenciones».
 

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