El Tribunal admite a trámite el recurso del Gobierno contra una norma que considera excede de las competencias de la Generalitat. El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno contra varios preceptos de la reforma de la ley que regula el ejercicio de las profesiones del deporte en Cataluña y la ha suspendido provisionalmente hasta que decida al respecto.
En una nota informativa el TC explica que ha acordado “dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Parlamento y a la Generalitat de Cataluña, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
En dicha nota se informa que el Pleno también ha acordado la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, “decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno en su recurso del artículo 161.2 de la Constitución”. Explicándose que dicho precepto establece lo siguiente: “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas.
Aclara el TC que “la impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses” y precisa que “la admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá en próximas fechas”.
El Consejo de Ministros recurrió determinados artículos de la reforma de la Ley catalana del deporte en enero por entender que vulnera la unidad de mercado y excede competencias de la Generalitat, y en el escrito presentado solicitó la suspensión provisional de la norma.
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