Los días de vacaciones de los funcionarios no correrán cuando estén de baja

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Los días de vacaciones de los funcionarios no correrán cuando estén de baja

Sombrilla y playa
Si hay incapacidad temporal, el periodo de vacaciones se podrá disfrutar cuando haya finalizado dicha incapacidad. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy una resolución mediante la cual confirma que los días de vacaciones no correrán cuando los empleados públicos estén de baja o enfermen durante sus días libres. Según esta modificación, los funcionarios y demás personal de las Administraciones que se pongan enfermos, o cojan la baja por el nacimiento de sus hijos, mientras estén en periodo vacacional podrán recuperar esos días libres más adelante, cuando se hayan recuperado. De esta manera, el Ejecutivo hace oficial esta medida. "Si durante el disfrute del período de vacaciones autorizado, sobreviniera una situación de incapacidad temporal, el período de vacaciones quedará interrumpido pudiendo disfrutarse de las mismas una vez que finalice la incapacidad temporal, y siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado", señala el BOE.Además, en 2012 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ya dio luz verde en una sentencia a la Federación de Asociaciones Sindicales (FAGSA) e indicó que “todo trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas equivalentes a la duración de un período de baja por enfermedad en un momento posterior”, independientemente del momento en que haya sobrevenido esa incapacidad laboral. La resolución, asimismo, hace especial hincapié en el caso de que el trabajador se ponga enfermo antes de que llegue su periodo vacacional previamente pactado: “En el supuesto de incapacidad temporal, el periodo de vacaciones se podrá disfrutar una vez haya finalizado dicha incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se haya originado”. Por su parte, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CISF) ha enviado un comunicado donde recuerda que “esta decisión se produce después de que la Comisión Europea diera un ultimátum a España para que respete el derecho de los trabajadores de las administraciones a disfrutar de sus vacaciones en esta situación, o en su caso de abonarlas”.

Si hay incapacidad temporal, el periodo de vacaciones se podrá disfrutar cuando haya finalizado dicha incapacidad. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy una resolución mediante la cual confirma que los días de vacaciones no correrán cuando los empleados públicos estén de baja o enfermen durante sus días libres. Según esta modificación, los funcionarios y demás personal de las Administraciones que se pongan enfermos, o cojan la baja por el nacimiento de sus hijos, mientras estén en periodo vacacional podrán recuperar esos días libres más adelante, cuando se hayan recuperado.

De esta manera, el Ejecutivo hace oficial esta medida. «Si durante el disfrute del período de vacaciones autorizado, sobreviniera una situación de incapacidad temporal, el período de vacaciones quedará interrumpido pudiendo disfrutarse de las mismas una vez que finalice la incapacidad temporal, y siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado», señala el BOE.

Además, en 2012 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ya dio luz verde en una sentencia a la Federación de Asociaciones Sindicales (FAGSA) e indicó que “todo trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas equivalentes a la duración de un período de baja por enfermedad en un momento posterior”, independientemente del momento en que haya sobrevenido esa incapacidad laboral.

La resolución, asimismo, hace especial hincapié en el caso de que el trabajador se ponga enfermo antes de que llegue su periodo vacacional previamente pactado: “En el supuesto de incapacidad temporal, el periodo de vacaciones se podrá disfrutar una vez haya finalizado dicha incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se haya originado”.

Por su parte, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CISF) ha enviado un comunicado donde recuerda que “esta decisión se produce después de que la Comisión Europea diera un ultimátum a España para que respete el derecho de los trabajadores de las administraciones a disfrutar de sus vacaciones en esta situación, o en su caso de abonarlas”.

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