Archivo - Fachada del banco ING, a 3 de octubre de 2024, en Barcelona, Cataluña (España). - David Zorrakino - Europa Press - Archivo
La sanción, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves, es consecuencia del incumplimiento por parte del banco del deber de comunicación por indicio, algo previsto en el artículo 18 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo.
En concreto, este artículo prevé que los bancos comuniquen a las autoridades los casos en que algún directivo o empleado haya puesto de manifiesto internamente la existencia de indicios o certezas de que un hecho u operación estaba relacionado con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
La multa fue aprobada por el Consejo de Ministros en julio de 2023, a propuesta de la entonces vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño. La sanción es firme en vía administrativa.
Preguntado por Europa Press, el banco ha manifestado su respeto y acatamiento de la decisión de la autoridad, con quien «ING ha colaborado activamente desde el comienzo de la inspección, facilitando en todo momento el proceso y poniendo a su disposición toda la información requerida».
Además, confirma haber subsanado, en su momento, las deficiencias detectadas.
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