Montoro cede ante CEOE: las empresas que reciban subvenciones no publicarán los sueldos de sus directivos

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Montoro cede ante CEOE: las empresas que reciban subvenciones no publicarán los sueldos de sus directivos

La patronal convence a Hacienda que rebaja las exigencias de publicidad a las compañías en su propuesta desarrollar la Ley de Transparencia.

Cristobal Montoro, ministro de Hacienda y Función Pública

El Ministerio de Hacienda, que dirige Cristóbal Montoro, ha decidido finalmente, y tras las quejas de la patronal, que las empresas que reciban subvenciones públicas superiores a los 100.000 euros no tengan obligación de publicar los salarios de sus directivos, el grado de ejecución de sus proyectos presupuestarios o los informes externos de auditoría que encarguen según informa hoy lainformación.com.

El digital explica que el Ministerio ha decidido finalmente no seguir el criterio sentado por el Consejo de Transparencia en su propuesta de desarrollo reglamentario de la Ley de Transparencia y liberar a las empresas privadas perceptoras de subvenciones públicas del conjunto de obligaciones que sí pesan sobre las entidades del sector público y entre las que figuran las antes mencionadas

Así se recoge en el documento de valoración de las propuestas recibidas por el Gobierno en el periodo de consulta pública del proyecto de Reglamento de Desarrollo de la Ley de Transparencia elaborado por el Ministerio de Hacienda al que dice haber tenido acceso lainformación.com.

En este informe, Hacienda admite la necesidad de “modular las obligaciones mínimas de publicidad activa en función de los sujetos obligados”, estableciendo el mayor nivel obligacional a las Administraciones Públicas, situando en un segundo escalón a las corporaciones de derecho público y estableciendo un grado de obligaciones algo menos exigente a las empresas privadas perceptoras de subvenciones públicas y a los partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales.

El medio online señala que éste no era el criterio defendido por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que interpretaba que las obligaciones de publicidad que en principio la ley reservaba únicamente a las Administraciones Públicas también debían ser observadas por los sujetos de naturaleza privada concernidos por la ley, a saber todas las empresas que perciban subvenciones públicas de cualquier naturaleza y origen que en su conjunto sumen más de 100.000 euros o supongan más del 40% de los recursos de la sociedad.

Subrayando que “a partir de este criterio de Transparencia, se podía obligar a la mayoría de las empresas de mediano y gran tamaño del país a publicar información extraordinariamente sensible y que ahora sólo proporcionan las empresas cotizadas como las retribuciones percibidas por sus equipos directivos, las indemnizaciones por su cese en el cargo, sus proyectos presupuestarios, la ejecución real de los mismos o las opiniones expresadas por los auditores sobre sus cuentas”.

Explica la información que “CEOE, lógicamente, puso el grito en el cielo y se puso manos a la obra en cuanto el Gobierno anunció su intención de aprobar un Reglamento de Desarrollo de la Ley de Transparencia, ante el temor de que una ausencia de referencias legales a este punto hiciera aplicable y exigible el criterio del Consejo de Transparencia”.

Y hace notar que en un documento de alegaciones de doce páginas, CEOE venía a advertir al Gobierno de que la aplicación efectiva del criterio de Transparencia no solo desbordaba el espíritu de la ley sino que obligaba “a entidades privadas a publicar en su web información sensible, sin relevancia alguna para la gestión de fondos públicos y que por su propia naturaleza es confidencial y podría exponer a conflictos comerciales a las empresas españolas”.

La organización empresarial avisaba, además, de que seguir ese criterio condenaría al país a un fenomenal embrollo jurídico de consecuencias difíciles de medir. “No existe normativa mercantil ni mucho menos administrativa en todo nuestro entorno que obligue a entidades privadas a publicar información de carácter confidencial”, aseguran los servicios jurídicos de la patronal, que advierten que esa interpretación de la ley colisionaría también con la Ley de Protección de Datos.

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