La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en el Hospital Isabel Zendal. (Foto: Comunidad de Madrid)
En declaraciones remitidas a los medios, la García ha censurado así que la reforma presentada por el Grupo Parlamentario Popular en forma de Proposición de Ley sobre las normas de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid y la de Protección integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid.
“Una reforma que le quita los derechos a las personas trans, que les quita el reconocimiento y que además las patologiza”, ha recalcado la portavoz de Más Madrid en la Asamblea, y todo ello, ha recalcado, “en un contexto de auge de los ataques a las personas trans”.
En esta línea, ha acusado a la presidenta regional de “allanar el terreno a los comportamientos violentos” con una reforma “que es de facto una derogación camuflada”. “Supone un retroceso y sobre todo va a suponer la primera vez en décadas que la Comunidad de Madrid va hacia atrás, va atrás en el reconocimiento legislativo de las personas trans y las personas LGTBI”, ha defendido, según Europa Press.
Ironizando sobre la expresión empleada por Ayuso para cargar contra los acuerdos de Pedro Sánchez con los nacionalistas e independentistas catalanes sobre meter por la puerta de atrás una dictadura, García ha recalcado que Ayuso “mete hoy por la puerta de atrás, saltándose los cauces habituales y forzando los límites legales, una reforma de la ley trans para amputarla y así para poder satisfacer sus pulsiones más ultras”.
Entre otros objetivos, las modificaciones en la ley trans buscan “corregir algunos aspectos, ya fueran de buena fe o movidos por el afán de imponer ciertas doctrinas conocidas como ‘de género’, que acababan conculcando derechos como la libertad de expresión y de prensa, y la libertad de cátedra y educativa de los artículos 20 y 27 de la Constitución Española, o la presunción de inocencia del artículo 24 de la Constitución”.
En detalle, alude a la inversión de la carga de la prueba, así como la ‘discriminación por error’, que es una variante de facto de la falta de presunción de inocencia y contraria al espíritu y la letra de nuestras leyes. “Además de la muy dudosa constitucionalidad del concepto de ‘autodeterminación de género’, ajeno a la Ciencia y al Derecho, y cuya introducción va en detrimento de la seguridad jurídica de cada uno de los propios afectados, así como de la sociedad entera”, indica el texto.
Asimismo, se señala la necesidad de adaptación con la normativa estatal sobre autodeterminación de género y expedición de documentos. “Es evidente que resulta inviable que coexistan un sistema estatal y otro autonómico sobre esta misma materia que podría ocasionar disfunciones entre la documentación derivada del Registro Civil, el documento nacional de identidad y los diversos registros y documentos personales autonómicos”, alega.
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