Consejo de Ministros

Luz verde del Gobierno a la creación de la especialidad de Urgencias y Emergencias

La formación tendrá una duración mínima de cuatro años, los dos primeros comunes a la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria.

Camas de hospital
Camas de hospital.

El Consejo de Ministros ha aprobado, este martes, el Real Decreto por el que se crea la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias. En España, según los últimos datos recogidos en el Sistema de Información Sanitaria en 2021, se realizaron 21 millones de urgencias hospitalarias, nueve millones de demandas de asistencia urgente y emergente y 30 millones de urgencias en Atención Primaria.

Según señala el Ministerio de Sanidad, “en estos momentos, la atención en urgencias hospitalarias y en emergencias la realizan profesionales con diferentes títulos de médico/a especialista en Ciencias de la Salud o personas tituladas en Medicina con habilitación para el ejercicio de la Medicina General”. “Dado que la atención en situaciones de emergencia y urgencia ha experimentado un aumento en su complejidad, para la que se necesitan competencias específicas, por el incremento de especialización y, además, para estar en consonancia con otros Estados de la Unión Europea, se ha dispuesto la creación de esta nueva especialidad médica”, afirma.

El objeto de este Real Decreto pasa por “establecer el título de especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias, actualizar, si así resulta necesario, la formación de Medicina Familiar y Comunitaria en cuanto se establece un periodo formativo común, y regular la obtención del nuevo título para especialistas en ambas disciplinas”.

Para ello se va a crear un nuevo programa formativo para la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias y la adaptación, en su caso, del de Medicina de Familia y Comunitaria, ya que contarán con un periodo formativo común de dos años. Además, se establece un procedimiento para que los facultativos, de una de las dos espacialidades, puedan obtener el título de la otra, mediante una prueba de evaluación y un periodo formativo.

La norma aprueba, también, la creación de creación de la Comisión Nacional de la Especialidad de medicina de Urgencias y Emergencias que se debe constituir en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de este Real Decreto.

Posteriormente, en el plazo de un mes, se formará la Comisión delegada de atención inmediata, conjunta con la Comisión Nacional de Medicina de Familia y Comunitaria y, en el plazo de seis meses, desde la constitución de los órganos asesores, se elaborarán y publicarán los nuevos programas formativos de las especialidades de Medicina de Urgencias y Emergencias y, en su caso, de Medicina Familiar y Comunitaria.

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