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Los magistrados del ‘procés’ analizan ya la sentencia del TUE, que deja en sus manos los efectos de la inmunidad

Los magistrados que integran la Sala que juzgó al exvicepresident de la Generalitat Junqueras y al resto de líderes independentista por el ‘procés’ analizan ya y «leen despacio» la resolución hecha pública por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) que ha declarado que el líder de ERC debió ser reconocido como eurodiputado desde la proclamación oficial de los resultados de las elecciones al Parlamento europeo del pasado mes de mayo. Fuentes del alto tribunal han señalado a Europa Press que tras esta lectura a fondo de la resolución, que deja en sus manos «apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza» Junqueras, los integrantes de la Sala que le condenó a 13 años de cárcel y al mismo tiempo de inhabilitación deberán «estudiar, hablar y decidir» la respuesta.

Por el momento, la Sala ha acordado dar un traslado para alegaciones al Ministerio Fiscal, Abogacía del Estado, acusación popular ejercida por Vox y a la defensa de Oriol Junqueras por término de 5 días. Con su resultado se acordará lo procedente.

En su sentencia, la Justicia europea dice que una persona que ha sido oficialmente proclamada electa por el Parlamento europeo cuando se encontraba en prisión provisional por delitos graves debe ser reconocido como eurodiputado aunque no haya sido autorizada a cumplir los requisitos previstos por el derecho interno, ni a desplazarse a la Eurocámara para participar en su primera sesión.

Entre las cuestiones que hay sobre la mesa están la de decidir si procede la petición de suplicatorio cuando Junqueras ya ha sido condenado en firme o si de solicitarse se hará manteniendo o no en prisión al líder independentista mientras se espera la respuesta del Parlamento Europeo. Es decir, deberán resolver los extremos en los que la sentencia del TUE puede dejar en suspenso la condena dictada en esta causa.

La condición de eurodiputado, añade el fallo, implica desde ese mismo momento que la persona goza de una inmunidad que implica el levantamiento de la medida de prisión provisional impuesta, con el objetivo de que «se permita al eurodiputado desplazarse al Parlamento europeo y cumplir ahí las formalidades requeridas».

Si el tribunal nacional competente estima, no obstante, que debe mantenerse la medida de prisión provisional tras la adquisición por el interesado de la condición de miembro del Parlamento europeo ha de solicitar «a la mayor brevedad» a la Eurocámara que suspenda

El fallo responde a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo a petición de los abogados de Junqueras, que pidieron esta consulta en un recurso de súplica contra la decisión del alto tribunal de no darle permiso para ir a acatar la Constitución ante la Junta Electoral Central y así acceder a la condición plena de eurodiputado.

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Los magistrados del ‘procés’ analizan ya la sentencia del TUE, que deja en sus manos los efectos de la inmunidad

E.B.

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