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Los delitos por discriminación de género y orientación sexual aumentan un 40%

Los delitos de odio en España apenas se han reducido un 4,2% en el último año. Según un informe del Ministerio del Interior, en 2016 se produjeron en total 1.272 delitos de este tipo, donde predominan los abusos motivados por el racismo, la ideología y la discapacidad. El Gobierno considera que el incremento de los delitos de odio en algunos campos concretos se debe a la modificación del Código Penal.

Concretamente se refiere a los delitos por discriminación por razón de sexo/género, que han aumentado un 70,8% de 2015 a 2016. De 24 casos que sucedieron el año anterior a los 41 del curso 2016. El incremento de estos delitos supone el mayor porcentaje de aumento entre todos los delitos de odio.

A su vera, los delitos referidos a la discriminación de la orientación o identidad sexual, que han aumentado un 36,1% de un año a otro. De 169 a 230 casos. Sumados estos delitos a los expuestos en el párrafo anterior, las estadísticas del informe del Ministerio del Interior concluyen que los delitos por discriminación de género y orientación sexual han aumentado un 40%.

En el lado contrario, el antisemitismo, la aporofobia (discriminación a las personas pobres), los delitos contra las creencias o prácticas religiosas, el racismo y la xenofobia, y la ideología. Todos estos campos han visto reducir los casos de delitos asociados a su condición en el último año.

En cuanto a los casos, la mayoría de ellos son relativos a lesiones (19,6%), amenazas (15,8%), actos racistas (6,4%), daños (6,1%), trato degradante (5,0%), abuso sexual (4,9%) e injurias (3,9%).

Las provincias más afectadas, Barcelona, Madrid y Bizkaia.

¿Qué es un delito de odio?

La terminología «delitos de odio» se ha acuñado para definir a una categoría de conductas que presentan como factor significativo y común la presencia de un elemento motivador, el odio y la discriminación.

Los delitos de odio son aquellos incidentes que están dirigidos contra una persona motivados por un prejuicio basado en:

  • La discapacidad.
  • La raza, origen étnico o país de procedencia.
  • La religión o las creencias.
  • La orientación e identidad sexual.
  • La situación de exclusión social.
  • Cualquier otra circunstancia o condición social o personal.

Cualquier persona puede ser víctima de un delito de odio, con independencia de que pertenezca al grupo al que va dirigida la hostilidad o prejuicio.

Estas acciones pueden efectuarse contra las personas o la propiedad.

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Los delitos por discriminación de género y orientación sexual aumentan un 40%

Ander Cortázar

Periodista

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