Cigarrillo electrónico
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto y un anteproyecto de Ley por el que se regulan por primera vez los cigarrillos electrónicos y sus líquidos de recarga, que estarán obligados a partir de ahora a llevar advertencias sanitarias en sus envases. Esta nueva normativa, que culmina la trasposición de la Directiva Europea sobre productos del tabaco, prohíbe además la comercialización de productos con aromas característicos y los paquetes de tabaco de menos de 20 cigarrillos.
“El objetivo principal es alcanzar la protección de la salud de los fumadores e, indirectamente, también la de los fumadores pasivos”, explicó el ministro de Educación y portavoz, Íñigo Méndez de Vigo, según recoge Europa Press.
Con este trámite, España elude una multa de Bruselas, ya que la trasposición de su directiva tenía que haberse aprobado antes del 20 de mayo de 2016.
En el caso de los cigarrillos electrónico las advertencias sanitarias tendrán que ocupar un 30% de la cara exterior del envasado, que también deberá llevar seguridad a prueba de niños. En el resto de casos, las advertencias combinadas (textos e imágenes) en las caras anterior y posterior deberán ocupar el 65% para los cigarrillos y bolsas de picaduras y textos en los laterales ocupando una superficie del 50%. Además, deben incluir información sobre el abandono del tabaquismo.
La norma también establece limitaciones como la prohibición de la venta a distancia transfronteriza.
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