Los autónomos advierten que la reforma del plazo de pago a proveedores aumentará la morosidad

Morosidad

Los autónomos advierten que la reforma del plazo de pago a proveedores aumentará la morosidad

La Federación ATA advierte que la modificación permitirá el incumplimiento de los 30 días máximos que establece la legislación.

Lorenzo amor autonomos ATA

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) ha cargado contra la intención del Gobierno de cambiar la metodología con la que se calcula el periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas por dejar “la puerta abierta al incumplimiento del plazo de 30 días” que establece la legislación española y europea. Según explica ATA en una nota, el nuevo método contabilizaría el plazo de pago a partir de la certificación o conformidad de los bienes y servicios y no desde la fecha de recepción, sin fijar un plazo máximo de validación de las facturas.

En este sentido, la federación de autónomos recuerda que la Comisión Europea ya ha abierto expediente a España por el abuso en los plazos de pago a sus proveedores. “Al no establecer una duración máxima, una administración pública podría estar cumpliendo con los 30 días de plazo legal desde conformidad o certificación, cuando en realidad los bienes han sido entregados un año antes por el proveedor”, alerta el presidente de ATA, Lorenzo Amor. “¿Y si unos ordenadores que recibe un ayuntamiento no se abren hasta tres meses después?”, añade.

Por todo ello, la Federación reclama que se especifique claramente los supuestos en los que los procedimientos de aceptación y verificación sean necesarios, y de serlos, que en ninguno de los casos el periodo de pago desde recepción de bienes o servicios supere los 60 días (30 para certificación o conformidad y 30 para el pago).

Amor considera que “el plazo de pago debe ser 30 días y contabilizarse desde el registro de factura, la entrega de bienes o la prestación del servicio. La Administración no puede usar la certificación o la conformidad para saltarse de forma sistemática el plazo legalmente establecido. La Administración no sólo debe pagar en tiempo y forma a sus proveedores sino que tiene que ser capaz de certificar y validar en un plazo máximo de 30 días”, sentencia.

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