En una providencia el juez recuerda que la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), del pasado 5 de julio, que desestimó los recursos de los procesados contra la decisión del Parlamento Europeo de conceder el suplicatorio contra ambos pedido por el juez, es susceptible de ser recurrida en casación ante el TJUE en un plazo de 2 meses y 10 días (hasta el 15 de septiembre de 2023), pudiéndose, en tal caso, reiterar ante el TJUE la petición de que se restablezca cautelar y provisionalmente la inmunidad parlamentaria.
En ese sentido, el instructor explica que cualquier euroorden que se emita en el estado actual del procedimiento, quedaría inmediatamente paralizada (antes de alcanzar su objeto) si el TJUE admitiese la eventual medida cautelar que se pida al tiempo del recurso. Eso obligaría a interrumpir su tramitación internacional y haciendo intrascendente el adelanto de la orden de detención a este momento.
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