Llarena no reactivará la euroorden de Puigdemont a la espera del Tribunal Europeo

Justicia

Llarena no reactivará la euroorden de Puigdemont a la espera del Tribunal Europeo

El magistrado instructor del procés esperará a que el TJUE resuelva las medidas cautelares que pedirá Puigdemont para ordenar su detención.

Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat de Cataluña
Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat de Cataluña, en una imagen de archivo.
El juez instructor del ‘procés’, Pablo Llarena, no resolverá sobre las euroórdenes contra el ex presidente catalán Carles Puigdemont y su ex consejero Toni Comín para que sean entregados a España desde Bélgica hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre las eventuales medidas cautelares que ambos pueden presentar para ver restablecida provisionalmente su inmunidad parlamentaria.. En una providencia el juez recuerda que la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), del pasado 5 de julio, que desestimó los recursos de los procesados contra la decisión del Parlamento Europeo de conceder el suplicatorio contra ambos pedido por el juez, es susceptible de ser recurrida en casación ante el TJUE en un plazo de 2 meses y 10 días (hasta el 15 de septiembre de 2023), pudiéndose, en tal caso, reiterar ante el TJUE la petición de que se restablezca cautelar y provisionalmente la inmunidad parlamentaria. En ese sentido, el instructor explica que cualquier euroorden que se emita en el estado actual del procedimiento, quedaría inmediatamente paralizada (antes de alcanzar su objeto) si el TJUE admitiese la eventual medida cautelar que se pida al tiempo del recurso. Eso obligaría a interrumpir su tramitación internacional y haciendo intrascendente el adelanto de la orden de detención a este momento.

El juez instructor del ‘procés’, Pablo Llarena, no resolverá sobre las euroórdenes contra el ex presidente catalán Carles Puigdemont y su ex consejero Toni Comín para que sean entregados a España desde Bélgica hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre las eventuales medidas cautelares que ambos pueden presentar para ver restablecida provisionalmente su inmunidad parlamentaria.

En una providencia el juez recuerda que la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), del pasado 5 de julio, que desestimó los recursos de los procesados contra la decisión del Parlamento Europeo de conceder el suplicatorio contra ambos pedido por el juez, es susceptible de ser recurrida en casación ante el TJUE en un plazo de 2 meses y 10 días (hasta el 15 de septiembre de 2023), pudiéndose, en tal caso, reiterar ante el TJUE la petición de que se restablezca cautelar y provisionalmente la inmunidad parlamentaria.

En ese sentido, el instructor explica que cualquier euroorden que se emita en el estado actual del procedimiento, quedaría inmediatamente paralizada (antes de alcanzar su objeto) si el TJUE admitiese la eventual medida cautelar que se pida al tiempo del recurso. Eso obligaría a interrumpir su tramitación internacional y haciendo intrascendente el adelanto de la orden de detención a este momento.

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