El organismo define el pacto como una “solución yuxtapuesta” que busca reforzar la estabilidad y la seguridad jurídica del sistema fiscal internacional, manteniendo los avances logrados desde el primer acuerdo sellado en octubre de 2021.
Antes de entrar en los aspectos técnicos, la OCDE subraya que el consenso alcanzado permitirá que las jurisdicciones, en especial los países en desarrollo, ejerzan sus derechos prioritarios de imposición sobre los beneficios generados en su territorio.
El acuerdo consolida el impuesto mínimo mundial, pero introduce un tratamiento diferenciado para las multinacionales con matriz en Estados Unidos
Los pilares del acuerdo sobre el impuesto mínimo
La OCDE identifica cinco elementos clave en el compromiso alcanzado, que configuran la aplicación práctica del impuesto mínimo global.
| Elemento clave | Contenido principal |
|---|---|
| Impuesto mínimo mundial | Establece una tributación mínima para grandes multinacionales |
| Régimen complementario local | Refuerza la capacidad de los países para gravar beneficios internos |
| Nuevos regímenes de protección | Tratamiento específico para ciertas jurisdicciones |
| Simplificación administrativa | Reducción de costes de cálculo y declaración |
| Coherencia fiscal | Igualdad de condiciones entre países |
El punto más controvertido es el relativo a los nuevos regímenes de protección, que afectan directamente a las multinacionales estadounidenses.
Un régimen específico para las multinacionales de EEUU
En su comunicado, la OCDE evita hablar de exención, pero reconoce la instauración de regímenes de protección para los grupos multinacionales cuya casa matriz esté situada en jurisdicciones elegibles que cumplan criterios de imposición mínima.
En la práctica, este diseño permite a Estados Unidos mantener su régimen fiscal sobre los beneficios obtenidos en el extranjero, un sistema que no encaja plenamente con la lógica inicial del impuesto mínimo mundial.
EEUU mantiene su sistema fiscal exterior tras un compromiso político dentro del G7
El acuerdo del G7 que desbloqueó la negociación
El régimen diferenciado deriva de un acuerdo alcanzado por el G7 a finales de junio, que fue criticado entonces por España, pero aceptado para evitar la salida de EEUU del marco inclusivo.
| Actor | Posición |
|---|---|
| Estados Unidos | Amenazó con abandonar el marco inclusivo |
| G7 | Aceptó el régimen específico para EEUU |
| España | Mostró su rechazo inicial al acuerdo |
| OCDE | Integró el compromiso en el marco global |
La Administración de Donald Trump se oponía a que otros países pudieran beneficiarse fiscalmente de los incentivos que Washington concede a sus multinacionales por su actividad exterior.
Ese compromiso del G7 ha sido trabajado en los últimos meses con el resto de países hasta lograr el respaldo mayoritario anunciado este lunes.
Simplificación fiscal y reducción de costes
Más allá de la cuestión estadounidense, el acuerdo incorpora medidas de simplificación que reducirán los costes administrativos tanto para las multinacionales como para las administraciones fiscales, especialmente en los procesos de cálculo y declaración del impuesto.
También se refuerza la coherencia de los incentivos fiscales, con un enfoque basado en pruebas para garantizar la igualdad de condiciones entre jurisdicciones, incluidas las de EEUU.
El pacto busca reducir costes administrativos y reforzar la igualdad fiscal internacional
Un pilar clave para los países en desarrollo
La OCDE destaca que las directrices consensuadas confirman el papel central del impuesto complementario mínimo cualificado cobrado localmente, que protege las bases imponibles nacionales, en particular en los países en desarrollo.
Para el secretario general del organismo, Mathias Cormann, el acuerdo constituye “una decisión histórica en materia de cooperación fiscal internacional”, al consolidar un marco común tras años de negociaciones complejas.






