La ‘mano derecha’ de Puigdemont pide anular la investigación de Tsunami

Justicia

La ‘mano derecha’ de Puigdemont pide anular la investigación de Tsunami

Josep Lluis Alay solicita al juez que instruye la causa que anule todo lo que se ha actuado desde el 29 de julio de 2021 dado que con antelación a esa fecha.

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont en una imagen de archivo. (Foto: juntsxeuropa)

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont en una imagen de archivo. (Foto: juntsxeuropa)

Josep Lluis Alay, ‘mano derecha’ del expresidente catalán Carles Puigdemont, ha solicitado al juez que instruye la causa en la que se investiga el papel de ‘Tsunami Democràtic’ en los disturbios y altercados posteriores a la sentencia del ‘procés’ en 2019 que anule todo lo que se ha actuado desde el 29 de julio de 2021 dado que con antelación a esa fecha –plazo máximo de instrucción– no ha existido resolución que acuerde la prórroga de las pesquisas.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa de Alay, imputado en la causa, recalca que por tanto también se opone a una eventual prórroga en este mes de enero y subraya que en la causa el juez Manuel García Castellón “ha continuado prorrogando indebida e ilegalmente la instrucción contraviniendo manifiestamente lo establecido en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo”.

En este sentido, recuerda que las diligencias previas se incoaron mediante auto de 30 de octubre de 2019 y que a raíz de la reforma legal de los plazos de instrucción que entró en vigor el 28 de julio de 2020 ése sería “el primer día del plazo de instrucción en los procedimientos que, como el presente, se encontraran en tramitación”.

Subraya que, pese a ese tope legal, la instrucción no se prorrogó “sino hasta pasada esa fecha” y además se hizo de forma “absolutamente irregular” porque mediante auto de 30 de julio de 2021 firmado el 2 de agosto “se acordó la prórroga de la instrucción desde el 29 de julio de 2021; es decir, se  prorrogó la instrucción con carácter retroactivo”. “El primer auto de 30 de julio de 2021 se dictó fuera de plazo y, además, no se puede entender dictado sino hasta el momento de su firma el 2 de agosto de 2021 y, en consecuencia, todo lo acordado, como diligencias de instrucción y actuado con posterioridad es nulo de pleno derecho\”, incide.

Por otro lado, la representación legal de Alay se pregunta qué se ha instruido en estos últimos cuatro años, “cuánto dinero público ha costado a los contribuyentes hasta la fecha esta investigación prospectiva” y qué hechos nuevos se han descubierto recientemente “para generar la actual dinámica procesal” que se vive.

Más de cuatro años sin diligencias

“Más de cuatro años sin practicar las diligencias de investigación necesarias para finalizar con este procedimiento que ha llevado a que, en fechas tan recientes como el 27 de noviembre de 2023, se dictara una resolución acordando diligencias que, insólitamente, se presentan como absolutamente necesarias a efectos de determinar unos hechos que todos sabemos que no han sucedido como plantea este juzgado”, lamenta Alay.

Y añade que “el carácter prospectivo queda de manifiesto a partir del momento en el que ni se respetan los plazos máximos de instrucción (…), ni se consigue finalizar la misma en más de cuatro años cuando, según este órgano instructor, los hechos investigados se circunscriben a lo sucedido el 14 de octubre de 2019”.

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