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La ley establece un permiso retribuido de 4 horas para votar, pero solo si no lo permite la jornada laboral

Un hombre elige su papeleta electoral en el Mercado St. Antoni en Barcelona - David Zorrakino - Europa Press

Un hombre elige su papeleta electoral en el Mercado St. Antoni en Barcelona, Cataluña (España), a 14 de febrero de 2021. La jornada electoral transcurre con protocolos de seguridad ante el Covid-19 y franjas horarias: de 9 a 12 horas, para colectivo de riesgo; de 12 a 19 para la población en general; de 19 a 20, para positivos de coronavirus y contactos estrechos de positivos. 14 FEBRERO 2021;ELECCIONES CATALANAS;GENERALITAT;CORONAVIRUS;ELECCIONES;CATALUÑA;GENERALITTA;VOTOSM;MESA ELECTORAL;URNAS David Zorrakino / Europa Press 14/2/2021

Así lo han indicado fuentes de CEIM a Europa Press, de cara a las elecciones anticipadas del 4 de mayo en la Comunidad de Madrid, que caen en día laborable, martes, en lugar de celebrarse en domingo como es habitual debido a lo establecido en la ley electoral.

Por otro lado, desde CEIM han recordado que la ley dice también que el permiso es «por el tiempo indispensable para ir a votar, es decir, que si estuviera cerca el colegio electoral por supuesto que no tiene por qué ser de 4 horas», y que además la empresa puede exigir al trabajador un certificado de la mesa electoral.

Asimismo, la patronal madrileña ha recordado que los miembros de las mesas electorales que ese día tengan que faltar al trabajo para cumplir con ese «deber inexcusable» tienen el permiso retribuido durante la jornada electoral y además 5 horas el día siguiente.

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La ley establece un permiso retribuido de 4 horas para votar, pero solo si no lo permite la jornada laboral

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