La justicia europea da la razón al Ayuntamiento de Madrid sobre las emisiones diésel

Madrid

La justicia europea da la razón al Ayuntamiento de Madrid sobre las emisiones diésel

El Tribunal General de la UE rechaza la decisión de la Comisión Europea de elevar los límites de NOx.

Gran Vía Madrid Central
El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) da la razón al Ayuntamiento de Madrid en relación a las emisiones contaminantes. La justicia rechaza la decisión de la Comisión Europea de elevar los límites para las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) de vehículos diésel dentro de la unión. Los ayuntamientos de Madrid, París y Bruselas habían presentado un recurso ante el TUE después de que la Comisión relajara sus exigencias respecto a los gases contaminantes producidos por los diésel. “La Justicia europea ha concluido que el Ejecutivo comunitario no era competente para modificar los límites de emisiones incluidos en la norma Euro 6 para los nuevos ensayos en condiciones reales de conducción (ensayos RDE) que los vehículos deben superar en el marco de los trámites de homologación”, explica Europa Press. El objetivo de estas pruebas es conocer el verdadero nivel de emisiones contaminantes en condiciones reales de conducción, algo que no consiguen los ensayos de laboratorio, informa la agencia de noticias. Por ejemplo, en la norma Euro 6 se estableció un límite de 80 miligramos por kilómetro (80 mg/km). En la propuesta de la Comisión ese límite se duplicaba hasta los 168 mg/km para un periodo transitorio y después en 120 mg/km.

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) da la razón al Ayuntamiento de Madrid en relación a las emisiones contaminantes. La justicia rechaza la decisión de la Comisión Europea de elevar los límites para las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) de vehículos diésel dentro de la unión.

Los ayuntamientos de Madrid, París y Bruselas habían presentado un recurso ante el TUE después de que la Comisión relajara sus exigencias respecto a los gases contaminantes producidos por los diésel.

“La Justicia europea ha concluido que el Ejecutivo comunitario no era competente para modificar los límites de emisiones incluidos en la norma Euro 6 para los nuevos ensayos en condiciones reales de conducción (ensayos RDE) que los vehículos deben superar en el marco de los trámites de homologación”, explica Europa Press.

El objetivo de estas pruebas es conocer el verdadero nivel de emisiones contaminantes en condiciones reales de conducción, algo que no consiguen los ensayos de laboratorio, informa la agencia de noticias.

Por ejemplo, en la norma Euro 6 se estableció un límite de 80 miligramos por kilómetro (80 mg/km). En la propuesta de la Comisión ese límite se duplicaba hasta los 168 mg/km para un periodo transitorio y después en 120 mg/km.

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