La Justicia condena los servicios mínimos abusivos impuestos en la huelga del pasado 8 de Marzo

Huelga 8-M

La Justicia condena los servicios mínimos abusivos impuestos en la huelga del pasado 8 de Marzo

La Audiencia Nacional condena los servicios mínimos impuestos en el transporte aéreo.

Aeropuerto avion
Comisiones Obreras denunció ante la Audiencia Nacional los servicios mínimos impuestos en el transporte aéreo para la huelga general del 8 de Marzo de 2018. La Justicia se ha pronunciado y ha considerado abusivos aquellos servicios impuestos por el equipo de Iñigo de la Serna. La sentencia, conocida el 7 de febrero, da la razón al sindicato y anula la resolución del Ministerio de Fomento, además de condenar en costas a la Administración. La sentencia considera que la orden de servicios mínimos dictada por el Ministerio de Fomento adolece de la motivación que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional exige para limitar el ejercicio de un derecho fundamental como es el derecho de huelga. Y por ello, dicta que el Gobierno vulneró, con su decisión, el libre ejercicio de dicho derecho fundamental. “Esperamos que el Ministerio de Fomento, que tan alérgico es a reunirse con las organizaciones sindicales, también el actual ministerio, esta vez no comenta el mismo error, respete los acuerdos sobre servicios mínimos que venían manteniéndose de manera pacífica desde hace ya más de diez años, convoque a las organizaciones sindicales y podamos acordar unos servicios mínimos respetuosos con el ejercicio del derecho de huelga para el próximo 8 de Marzo”, asegura Raúl Olmos, responsable de Acción Sindical de FSC-CCOO.

Comisiones Obreras denunció ante la Audiencia Nacional los servicios mínimos impuestos en el transporte aéreo para la huelga general del 8 de Marzo de 2018. La Justicia se ha pronunciado y ha considerado abusivos aquellos servicios impuestos por el equipo de Iñigo de la Serna.

La sentencia, conocida el 7 de febrero, da la razón al sindicato y anula la resolución del Ministerio de Fomento, además de condenar en costas a la Administración.

La sentencia considera que la orden de servicios mínimos dictada por el Ministerio de Fomento adolece de la motivación que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional exige para limitar el ejercicio de un derecho fundamental como es el derecho de huelga. Y por ello, dicta que el Gobierno vulneró, con su decisión, el libre ejercicio de dicho derecho fundamental.

“Esperamos que el Ministerio de Fomento, que tan alérgico es a reunirse con las organizaciones sindicales, también el actual ministerio, esta vez no comenta el mismo error, respete los acuerdos sobre servicios mínimos que venían manteniéndose de manera pacífica desde hace ya más de diez años, convoque a las organizaciones sindicales y podamos acordar unos servicios mínimos respetuosos con el ejercicio del derecho de huelga para el próximo 8 de Marzo”, asegura Raúl Olmos, responsable de Acción Sindical de FSC-CCOO.

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