La Junta Electoral rechaza la denuncia del PP contra Sánchez por sus anuncios en la campaña a CyL

La Junta Electoral rechaza la denuncia del PP contra Sánchez por sus anuncios en la campaña a CyL

La JEC desestima el recurso y recuerda que “la existencia de un proceso electoral en curso no interrumpe el funcionamiento normal de las administraciones”.

Pablo Casado durante su visita a una bodega en Toro. (Foto: PP)

La Junta Electoral Central ha desestimado la denuncia presentada por el PP contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por sus anuncios en plena campaña electoral a las elecciones de Castilla y León de este domingo. “Ya está bien del juego sucio de Sánchez, de utilizar el BOE y el Consejo de Ministros para hacer anuncios en plena campaña”, afirmó Pablo Casado, en referencia al anuncio del PERTE agrícola. Una queja que ha tumbado el mencionado órgano.

Los populares aludieron en su denuncia al anuncio realizado por Sánchez en Níjar (Almería) sobre la aprobación en Consejo de Ministros de una inversión de 1.000 millones para el sector de la agroindustria. Según la Junta Electoral, “resulta inequívoca la naturaleza pública e institucional de dicho acto, dado que con arreglo a dicha naturaleza fue tratada desde el Ministerio de Presidencia del Gobierno el cual la incluyó dentro de la Agenda del Presidente para ese día”.

Además, detalla, “a mayor abundamiento estuvieron presentes en dicho acto autoridades municipales y la actividad desarrollada estaba vinculada a acuerdos de colaboración público-privada”.

De esta manera, y “tras un examen detenido del contenido de la declaración denunciada”, la Junta entiende que, “dentro del contexto en el que fueron emitidas”, las palabras de Pedro Sánchez “mantuvieron un nivel razonable de neutralidad institucional y estaban circunscritas al ámbito específico y concreto de la visita a una planta geotérmica ubicada en Andalucía”. En su opinión, “no cabe deducir que las mismas hayan tenido una incidencia apreciable en el proceso electoral autonómico de Castilla y León”.

Por tanto, entiende que “no se ha producido una vulneración de la prohibición establecida en el artículo 50.2 de la LOREG”. “Además”, continúa, “no debe olvidarse que, como también ha señalado esta Junta recientemente, la existencia de un proceso electoral en curso no interrumpe el funcionamiento normal de las administraciones públicas”.

Según remarca, “en el caso que aquí nos ocupa el Presidente del Gobierno evita la introducción de manifestaciones valorativas de contenido electoralista, a lo que se une el dato adicional de que no parece, o al menos no se acredita, que desde el Ministerio de Presidencia del Gobierno se haya efectuado un tratamiento imprudente de dichas declaraciones encaminado a su difusión masiva, que pueda considerarse como una instrumentalización de los medios y recursos públicos de los que dispone la Administración con vistas a movilizar el voto de los castellano-leoneses en beneficio de una candidatura determinada”.

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