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La Fiscalía recurre el tercer grado de los presos del 1-O y pide que vuelvan a prisión

En los nueve recursos, consultados por Europa Press, la Fiscalía apoya su petición en las sentencias del Tribunal Supremo que ya tumbaron la primera progresión a tercer grado de todos ellos, de las que dice que siguen vigentes, y sostiene que “no puede obviarse la extrema gravedad de los delitos cometidos”.

Los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria 1 y 5 -encargados de Wad-Ras (Barcelona) y Puig de les Basses (Girona), y de Lledoners (Barcelona)- decidirán si este recurso supone suspender automáticamente el tercer grado, o bien si lo mantienen hasta estudiar el asunto, cuya decisión final corresponderá al Supremo.

El grado penitenciario de todos los reclusos se revisa cada seis meses, y en esta segunda concesión -que la Generalitat anunció a finales de enero-, el Servicio de Clasificación destacó que todos han pasado “en torno a los tres años internos en centros penitenciarios”, y todos habían cumplido o iban a cumplir una cuarta parte de la condena pocos días después de la propuesta de semilibertad.

Aun así, la Fiscalía señala de nuevo en su recurso el porcentaje de cumplimiento de la condena, que ve insuficiente hayan o no alcanzado la cuarta parte, y critica que no se puede “utilizar la progresión a tercer grado en fases tan iniciales de cumplimiento de la pena, como es el caso, como un modo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento”.

También critica que no han cambiado los “rasgos de personalidad directamente relacionados con la actividad delictiva” porque han admitido los hechos por los que fueron sentenciados y sus consecuencias, pero mantienen que fue una actuación legitima y no han admitido que sean un delito.

Respecto a su tratamiento, reprocha de nuevo que no han seguido un programa específico para personas condenadas por sedición, y cree que no pueden progresar a tercer grado mientras no lo hagan “asumiendo que lo que hizo y por lo que fue condenado es un delito, comprendiendo que para alcanzar los fines que pretende, legítimos en la Constitución, no hay otra vía que la de la modificación legislativa por las vías legales”.

El fiscal sostiene que los factores positivos que recoge la propuesta de las prisiones para conceder la semilibertad no son suficientes, y cree los parámetros que calculan factores de riesgo en presos no se puede aplicar a condenados por sedición porque incluye factores como la drogadicción o la falta de estudios. “Si el interno sufriese estos déficits nunca hubiese podido cometer el delito por el que está condenado, puesto que nunca hubiese alcanzado el cargo de responsabilidad necesario para cometerlo”, argumenta.

“Lo democrático no es imponer la voluntad propia aprovechándose de la situación de poder que se ostenta convirtiendo su voluntad en ley, sino acatar las leyes y si no se comparten, el procurar cambiarlas por los cauces legales y democráticos”, y asegura que no están condenados por su ideología sino por la falta de respeto a las leyes democráticas, en palabras del recurso.

El escrito del fiscal afirma que “no hay una voluntad superior del Parlament por encima del mandato Constitucional, que es precisamente el que sustenta a las instituciones autonómicas de Catalunya”, y remarca que han negado que hubiera violencia durante el proceso independentista, al contrario de lo que afirma la sentencia que lo condenó.

El escrito reprocha a la Generalitat “el goteo cronológicamente medido” de propuestas de permisos o progresión de grado para los presos del 1-O, de los que cuestiona que se propongan a la vez para todos ellos.

Lo atribuye a una política penitenciaria “dirigida no tanto a su rehabilitación sino directamente al objetivo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento”, y considera que la nueva propuesta de semilibertad pone en evidencia el desacuerdo de la administración con la sentencia.

 

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E.B.

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