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La Fiscalía rechaza rebajar las penas cuando la impuesta quepa en el nuevo marco del ‘solo sí es sí’

«Es decir, la revisión sólo procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal», explica la FGE en un comunicado.

En cualquier caso, subraya que «cada procedimiento deberá ser analizado individualmente, huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso».

La FGE aclara que este decreto, «de obligado cumplimiento» para los fiscales, «se ha dictado para no demorar las pautas concretas para la revisión de sentencias hasta la publicación de una circular del fiscal general del Estado, que se emitirá próximamente una vez se someta al preceptivo informe de la Junta de Fiscales de Sala».

El movimiento del Ministerio Público tiene lugar después de que, tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica de garantía integral de libertad sexual –el pasado 7 de octubre–, los jueces y tribunales hayan revisado numerosas condenas por abuso sexual rebajando más de una decena de penas, lo que ha supuesto la excarcelación de cinco personas, según los datos recabados por Europa Press.

Según han explicado otras voces jurídicas, la ley del ‘solo sí es sí’ ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

RECABÓ INFORMACIÓN DE LAS FISCALÍAS

Ya el pasado jueves, el jefe del Ministerio Público ordenó a los fiscales superiores que recabasen y le remitiesen la información sobre los casos de condenas por delitos sexuales que se han revisado a causa de la entrada en vigor de la ‘ley del solo sí es sí’.

García Ortiz dio la orden de que los fiscales superiores remitan a la FGE «aquellos autos dictados por los juzgados o tribunales de justicia de su territorio en los que se haya procedido a la revisión de sentencias firmes condenatorias, así como los informes emitidos por el Ministerio Fiscal en las respectivas ejecutorias».

Así lo trasladó la jefa de la Secretaría Técnica de la FGE, Ana García León, con el objetivo de «realizar un seguimiento de las resoluciones judiciales que supongan una reducción de las penas impuestas en sentencias firmes tras la entrada en vigor de la citada ley orgánica».

Las fuentes fiscales consultadas por Europa Press explicaron entonces que la intención era analizar los casos en los que se han revisado las penas impuestas para ver si hay disparidad de criterios entre los fiscales de los distintos casos y si es necesario emitir una circular para unificarlos.

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La Fiscalía rechaza rebajar las penas cuando la impuesta quepa en el nuevo marco del ‘solo sí es sí’

E.B.

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