Comunidad de Madrid

La Fiscalía abre diligencias por los cánticos sexistas en el Elías Ahuja y requiere datos a la Policía

El Ministerio Público trata de dilucidar si se ha cometido un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas

Colegio Mayor Elías Ahuja
Imagen del Colegio Mayor Elías Ahuja. (Foto: web del Colegio Mayor Elías Ahuja)

La Fiscalía de Madrid ha abierto unas diligencias de investigación por los cánticos y gritos sexistas lanzados por alumnos del Colegio Mayor Elías Ahuja a sus vecinas del Santa Mónica a instancias de una denuncia de Movimiento contra la Intolerancia.

La investigación se abre en relación a los hechos que recoge un vídeo que se ha hecho viral en el que residentes de este colegio mayor, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, amedrentan a sus vecinas profiriéndoles gritos como “ninfómanas”, “putas” y “os vamos a follar”.

Fuentes fiscales indican que en principio el Ministerio Público trata de dilucidar si se ha cometido un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas. A tal fin, ha requerido a la Policía para que le remita toda la información de que disponga sobre este suceso, recoge Europa Press.

Tras denunciar los gritos, Movimiento contra la Intolerancia ha explicado en un comunicado que los hechos han tenido “una repercusión mediática y social de muy elevada amplitud, generando una incidencia que posibilita el desarrollo de un lenguaje y subcultura machista y misógina, que daña a la dignidad de todas las mujeres”.

Recalca que “la autoría podría ser perfectamente identificable”, indicando que “la acción sincronizada, organizada que se proyecta, incluso con referencias a años anteriores como en algún medio se recoge, puede ser observada, de donde se deduce un nivel de manifestación colectiva y de organización que ha de ser tenida en consideración”.

En consecuencia, Movimiento contra la Intolerancia interpreta que la Fiscalía de delitos de odio debe de intervenir dado que el Código Penal sanciona en su artículo 510.2.

El Código Penal prohíbe expresamente las manifestaciones y cualquier proceso organizativo conducente a un posible ilícito que se celebre con el fin de cometer algún delito y sancionar a sus promotores.

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