Sede de Repsol
En concreto, Competencia investiga a Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, Repsol Directo, Repsol Customer Centric, Solred, Campsa Estaciones de Servicio y Repsol, como grupo que está presente en toda la cadena de valor del proceso de producción y comercialización de combustibles para la automoción.
La CNMC ha detallado que la petrolera habría aprovechado su posición de dominio en el mercado mayorista de hidrocarburos en España para llevar a cabo las siguientes conductas desde marzo hasta diciembre de 2022.
Por un lado, ofrecer descuentos adicionales en combustibles a los usuarios de sus estaciones de servicio a través de aplicaciones o de tarjetas de fidelización y pago.
Y, por otro, incrementar el precio que terceros competidores –estaciones de servicio independientes– pagan (a Repsol) por adquirir el combustible en el mercado mayorista.
Por ello, dada la posición de Repsol en el mercado mayorista, las conductas habrían supuesto una estrategia «exclusionaria» frente a terceros competidores –estaciones de servicio independientes–.
Además, habrían tenido la capacidad de erosionar los márgenes comerciales de dichos competidores y limitar la competencia en la distribución minorista, tal y como ha explicado la CNMC.
Las citadas conductas podrían constituir una posible vulneración del artículo 2 de la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
La investigación se inició a raíz las denuncias presentadas por la Asociación Nacional de Estaciones de Servicio Automáticas (AESAE) y la Asociación de Comercializadores Independientes de Hidrocarburos por prácticas contrarias a los artículos 2 de la LDC y 102 TFUE.
Ante la sospecha de existencia de posibles prácticas anticompetitivas, la CNMC abrió una información reservada (artículo 49.2 de la LDC) y llevó a cabo una inspección domiciliaria en la sede de Repsol (nota de prensa).
Finalmente, la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación, a la par que se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para su instrucción y resolución.
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