Economía

La CNMC constata que los supermercados han trasladado la rebaja del IVA de alimentos básicos a los precios finales

En concreto, la CNMC ha analizado cómo los principales distribuidores alimentarios de libre servicio han trasladado la rebaja del IVA al precio de sus productos. El estudio concluye que no se detectan indicios de problemas sistemáticos ni diferencias entre las zonas geográficas con una mayor y menor concentración de establecimientos.

«No se han detectado indicios sistemáticos de falta detraslación impositiva», asegura Competencia en las conclusiones del informe publicado este jueves, que coinciden con las apreciaciones de otros organismos, como el Banco de España sobre este tema.

Asimismo, y de forma indiciaria, la CNMC no percibe que los diferentes niveles de concentración entre provincias o municipios hayan afectado al grado de reducción de los precios finales tras la citada medida.

Con todo, y tomando como referencia las variaciones de precios observadas entre el 27 de diciembre y el 4 de enero, la CNMC aprecia que en general se ha producido una traslación elevada de la rebaja del IVA, y que esta ha sido independiente del nivel de competencia en las provincias y municipios.

Según el estudio, la rebaja de los precios es ligeramente superior a la esperada en algunas provincias, lo que se explica por la existencia de variaciones positivas extremas registradas por algunos productos hortofrutícolas en estas provincias, que sesgan al alza el promedio.

Así, excluyendo los tres productos que han registrado mayores variaciones (alcachofas, plátanos y naranjas), la variación media de los precios de los productos rebajados en las provincias españolas ha estado comprendida entre el -3,6% y el -4,8%, con independencia de la concentración del mercado provincial.

FUENTES DE INFORMACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO

El estudio se ha elaborado para dar respuesta a una solicitudrecibida por la CNMC desde la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa de elaboración de un análisis sobre el impacto de la rebaja del IVA de determinados alimentos operada en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.

Para la elaboración del informe, la CNMC ha tenido en cuenta información de numerosas fuentes, entre las que destacan 23.995 datos de superficie de establecimientos de la distribución minorista de bienes de consumo diario, seis bases de datos estadísticas diferentes de precios procedentes del INE, el MAPA o Eurostat y, además, más de 60.000 datos de precios recabados por la CNMC para distribuidores minoristas y establecimientos de todas las provincias de España en diferentes fechas desde diciembre de 2022 hasta mayo de 2023.

Los datos recabados y utilizados incluyen provincias en donde la medida no tuvo aplicación por carecer de IVA y productos no afectados de características próximas a otros productos sí afectados, con el fin de realizar comparativas geográficas y entre productos.

En general, se ha optado por recabar información de establecimientos situados en las capitales de provincia dado el importante componente local de la dinámica de competencia en esta actividad y, además, de esta forma se procura que los datos de cada provincia procedan de entornos con condiciones de competencia similares para dotar de una mayor homogeneidad a la información. Los grupos requeridos han sido los diez mayores grupos de distribución minorista a nivel nacional del año 2021: Alcampo, Aldi, Bon Preu, Carrefour, Consum, DIA, El Corte Inglés, Eroski, Lidl y Mercadona.

REBAJA DE IVA SIEMPRE QUE LA INFLACIÓN SUBYACENTE SUPERE EL 5,5%

El Gobierno decidió a finales de junio mantener la supresión durante seis meses más del IVA del 4% que se aplica a todos los alimentos de primera necesidad, entre ellos el pan, la harina, la leche, los quesos o los huevos, y la rebaja del 10% al 5% del aceite y la pasta.

Dentro de los alimentos básicos que ven eliminado el IVA del 4% destacan el pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común; las harinas panificables; los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo; los quesos; los huevos y las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario.

Todas estas rebajas tributarias permanecerán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que la tasa interanual de la inflación subyacente esté por encima del 5,5%.

Si cae por debajo de esa tasa en el mes de septiembre, cuyo dato se conocerá en el mes de octubre, se recuperaría el tipo impositivo habitual de IVA en los alimentos antes referidos en los dos últimos meses previstos para la aplicación de la medida. Es decir, desde el 1 de noviembre.

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E.B.

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