Cuentos que cuentan

La cabra de la Legión y la mula y el buey del Belén viviente se libran de la Ley de Bienestar Animal

Se trata de ejemplares concretos que se rigen por la normativa propia destinada a los animales de producción, según han precisado a Europa Press fuentes del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

En concreto, están excluidos del ámbito de aplicación los animales de producción según su definición por la Ley de 2007 para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, en todo su ciclo vital, salvo el supuesto de que perdiendo su fin productivo el propietario decidiera inscribirlo como animal de compañía en el Registro previsto en la presente ley.

Además, la Ley de Bienestar Animal aprobada busca, según estas fuentes ministeriales, garantizar el buen estado de los animales en toda situación, pero en particular afecta a los animales domésticos y a las mascotas, mientras la cabra o el carnero de la Legión y la mula o el buey del portal de Belén son animales de producción cárnica o lechera.

Por otro lado, la cabra de la legión podría seguir participando en el desfile del 12 de Octubre, pues la nueva ley excluye a los animales utilizados en actividades profesionales, que inicialmente sí estaban incluidos, pero a raíz de una enmienda del PSOE a la norma, apoyada por PP, VOX, PNV, CS y Coalición Canaria, estos, igual que los perros de caza, las rehalas, los perros pastores y de guarda del ganado, los que se utilizan en actividades específicas como las federaciones deportivas, las aves de cetrería, así como los utilizados en actividades profesionales, como perros de rescate, animales de compañía en intervenciones asistidas o los animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas.

La ley define a los animales utilizados en actividades profesionales a aquellos animales de compañía que se dedican a una actividad o cometido concreto realizado conjuntamente con su responsable en un entorno profesional o laboral como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o los animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas.

Sin embargo, la norma aprobada definitivamente este jueves establece en su artículo 58, que queda prohibido el uso de animales en exposiciones de belenes, en cabalgatas o en procesiones que mantengan al animal de manera «incompatible» con su bienestar, dadas las características propias de su especie o bien si están inmovilizados durante la duración del evento.

Además, la nueva Ley apunta que su participación no podrá exceder de la duración que se estime en cada caso y que aquellos que se utilicen en romerías y eventos feriados deberán presentar un estado higiénico-sanitario óptimo y tener garantizados durante el transcurso de la actividad niveles óptimos de bienestar atendiendo a las necesidades propias de cada especie y a las condiciones ambientales de ese momento.

Se deberá velar asimismo por que se encuentren en buenas condiciones físicas, vigilar sus indicadores de comportamiento y atender a los signos que puedan dar evidencia de que estos necesitan descansar, sobre todo en los meses de altas temperaturas.

En el caso de los caballos que participan en romerías, como por ejemplo, la de la Virgen del Rocío (Huelva) estos deberán disponer de puntos de parada donde puedan descansar y abrevar y, además en los días en los que se identifique un exceso de calor, quedará prohibida su participación.

Todas estas circunstancias que podrían afectar a los equinos que participan en romerías, ferias y procesiones se regularán mediante un reglamento específico que establecerá los horarios, los lugares y los medios de descanso de los animales de compañía según la actividad, la especie y las condiciones ambientales, al tiempo que se establecerán los rangos de temperatura en función de los cuales estos podrán o no tomar parte en estas actividades.

Con todo, según recoge la exposición de motivos el principal objetivo de esta Ley no es tanto garantizar el bienestar de los animales, evaluando las condiciones que se les ofrecen, sino regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad.

Acceda a la versión completa del contenido

La cabra de la Legión y la mula y el buey del Belén viviente se libran de la Ley de Bienestar Animal

E.B.

El Boletín es un periódico digital independiente especializado en información económica, financiera y política, con casi tres décadas de historia. Fundado en 1992 por el periodista CARLOS HUMANES, en la actualidad lo edita Editorial Asesores de Publicaciones SCM, sociedad perteneciente al 100% a las personas que trabajan a diario en la redacción. Somos un grupo de periodistas que defiende un periodismo riguroso, honesto y abierto. Ni siglas ni partidos.

Entradas recientes

EEUU iniciará este lunes a las 16.00 (hora peninsular) el bloqueo de los puertos iraníes

El anuncio, realizado este domingo, se enmarca en la escalada de tensión entre EEUU e…

4 horas hace

Sánchez felicita a Magyar por su victoria en Hungría y reivindica el triunfo de Europa

El resultado de las elecciones legislativas en Hungría ha generado una rápida reacción en la…

4 horas hace

Europa celebra la victoria de Magyar en Hungría y su giro hacia la UE

El resultado de los comicios húngaros, convertidos en un auténtico plebiscito sobre la relación del…

5 horas hace

Orbán asume la derrota en Hungría mientras Tisza logra mayoría de dos tercios

Hungría afronta un giro político tras más de una década de hegemonía de Viktor Orbán,…

6 horas hace

Péter Magyar logra dos tercios del Parlamento y desaloja a Orbán en Hungría

El resultado de las elecciones legislativas celebradas este domingo marca un cambio de ciclo político…

6 horas hace

Trump ordena a la Armada de EEUU interceptar todos los buques en Ormuz

Tras una semana marcada por contactos diplomáticos, la crisis entre Washington y Teherán da un…

11 horas hace