Javier López Madrid, consejero de OHL, en el Congreso.
En el auto de pase a procedimiento abreviado de esta pieza separa 24 del caso ‘Tándem’, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 recomienda juzgar a López Madrid por cohecho activo y a Villarejo y Redondo por cohecho pasivo.
Según el relato judicial, recoge Europa Press, López Madrid habría contratado a Villarejo y Redondo para que llevaran a cabo labores de hostigamiento contra la doctora Pinto, con la que el empresario mantenía un conflicto privado.
Villarejo habría realizado, entre septiembre de 2013 y 2014, diversas actuaciones para impedir que la médica denunciase a López Madrid, entre ellas seguimientos, y habría usado medios policiales para desacreditarla después de que denunciara al empresario.
Además, detalla el magistrado, Villarejo accedió a información privada de Pinto sin su autorización e intentó interferir en la investigación policial, manipulándola y realizando actuaciones sobre el resultado de una rueda de reconocimiento en la que iba a formar parte.
Asimismo, el instructor refleja la relación que López Madrid habría tenido con distintos policías durante la investigación de los hechos que denunció Pinto, tales como el comisario Enrique García Castaño y el inspector que instruyó la denuncia de la doctora.
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