La Audiencia Nacional imputa al banco chino ICBC un delito de blanqueo de capitales

Justicia

La Audiencia Nacional imputa al banco chino ICBC un delito de blanqueo de capitales

El juez Ismael Moreno ya investigaba a siete directivos del banco en España dentro de la operación Snake.

Audiencia Nacional

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha decidido iniciar un procedimiento contra el banco chino ICBC como persona jurídica por un delito continuado de blanqueo de capitales, por el que ya investigaba a varios directivos de la entidad en España.

La resolución del juez se ha notificado a la entidad a través de Comisión Rogatoria a Luxemburgo y de Eurojust para que tenga conocimiento de los hechos que se le imputan y designe abogado y procurador. El juez explica en su resolución que, además de los siete directivos de la entidad que figuran ya como investigados, la responsabilidad penal debe trascender a la entidad ICBC en tanto tuvo un conocimiento puntual sobre la forma que operaba ICBC España, como banco de blanqueo para captar dinero efectivo de grupos criminales a los que se les facilitaba toda la operativa bancaria para “ocultar, encubrir, transformar en otros productos, como préstamos a clientes en otros países y transferir mayoritariamente a China”.

En su escrito, el magistrado relata cómo se inició esta investigación, a raíz de la inhibición del juzgado de instrucción número 7 de Parla, en la llamada operación ‘Snake’, dirigida en mayo de 2015 contra ciudadanos chinos por blanqueo de capitales. La investigación reveló el papel ejercido por la entidad ICBC España, con sede en Luxemburgo y que abrió su primera sede en España a finales de 2010.

Según el juez, la entidad cooperó como banco de blanqueo de forma consciente y promovida “por su afán de acaparar en los primeros años de actividad el máximo volumen de efectivo de los grupos criminales a los que servía en aquellas fechas”.

Hasta ahora figuraban como investigados los dos directores de la entidad y otros cinco directivos. Después de la investigación realizada, el juez considera acreditado que los investigados no adoptaron ninguna de las normas de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo y que no practicaron ninguna comprobación de control, ni comunicación de operaciones sospechosas a las autoridades, con un conocimiento puntual de estas conductas por parte de la matriz de ICBC Luxembourg.

Una vez analizadas las conductas, el magistrado concluye que la ley nacional de Luxemburgo recoge en su código Penal la figura de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, así como incluye también el delito de blanqueo de capitales por lo que procede actuar contra la entidad bancaria.

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