La Audiencia anula el anteproyecto de construcción del polémico Embalse de Biscarrués

Justicia

La Audiencia anula el anteproyecto de construcción del polémico Embalse de Biscarrués

En la sentencia se afirma que el Ministerio que dirige García Tejerina vulnera la Directiva Marco del Agua de la UE.

Isabel García Tejerina, Ministra de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado el anteproyecto de construcción y la declaración de impacto ambiental del Embalse de Biscarrúes. En una sentencia notificada hoy, la Sección Primera de la Sala considera que se ha vulnerado, en el procedimiento seguido por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE) y la interpretación que de ella ha realizado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Además, según informa la Audiencia en un comunicado “la ausencia de estudios sobre el impacto en las masas de agua afectadas por el embalse y la declaración de impacto ambiental no contiene los estudios y evaluaciones necesarias al respecto; tampoco constan la existencia, con carácter previo a la declaración de interés general, de un informe de viabilidad económica, técnica, social y ambiental así como un estudio específico de la recuperación de costes y las correspondientes revisiones previstas en la ley”.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado el anteproyecto de construcción y la declaración de impacto ambiental del Embalse de Biscarrúes.

En una sentencia notificada hoy, la Sección Primera de la Sala considera que se ha vulnerado, en el procedimiento seguido por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la Directiva Marco del Agua (Directiva 2000/60/CE) y la interpretación que de ella ha realizado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Además, según informa la Audiencia en un comunicado “la ausencia de estudios sobre el impacto en las masas de agua afectadas por el embalse y la declaración de impacto ambiental no contiene los estudios y evaluaciones necesarias al respecto; tampoco constan la existencia, con carácter previo a la declaración de interés general, de un informe de viabilidad económica, técnica, social y ambiental así como un estudio específico de la recuperación de costes y las correspondientes revisiones previstas en la ley”.

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