JJpD y UPF rechazan la suspensión de asilo en Grecia porque «vulnera derechos fundamentales» de los refugiados

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JJpD y UPF rechazan la suspensión de asilo en Grecia porque «vulnera derechos fundamentales» de los refugiados

Grecia, como Estado parte de la Unión Europea, viene obligado, entre otros, por el Tratado de Funcionamiento y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Refugiados sirios en la ciudad turca de Edirne a la espera de poder cruzar hacia Grecia
Juezas y Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales han rechazado este jueves la decisión de Grecia de suspender el derecho de asilo y la protección internacional de los refugiados porque ello conlleva a la "vulneración de los derechos fundamentales" y "carece de cualquier fundamento normativo, europeo e internacional". En un comunicado conjunto, ambas asociaciones han recordado que Grecia, como Estado parte de la Unión Europea, viene obligado, entre otros, por el Tratado de Funcionamiento y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que dicta que "ningún Estado miembro puede suspender unilateralmente derechos fundamentales consagrados en la normativa europea". Esa competencia, han insistido, corresponde al Consejo de Europa, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo. Además, han señalado que la Carta de Derechos Fundamentales garantiza el derecho de asilo como un derecho cualificado, en base a la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, que establece el principio de no devolución. Juezas y Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales han recalcado que "las personas solicitantes de asilo buscan protección internacional porque no pueden volver ni ser devueltos a su país de origen por temor justificado de persecución o riesgo de sufrir malos tratos u otros daños graves". Por ello, han indicado que Reglamento de Dublín requiere que los Estados miembros de la UE examinen toda solicitud de protección internacional presentada por nacionales de terceros Estados o por personas apátridas. "Resulta vital que, ante esta crisis humanitaria, los Estados europeos actúen en base al principio de solidaridad y responsabilidad compartida", han concluido.

Juezas y Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales han rechazado este jueves la decisión de Grecia de suspender el derecho de asilo y la protección internacional de los refugiados porque ello conlleva a la «vulneración de los derechos fundamentales» y «carece de cualquier fundamento normativo, europeo e internacional».

En un comunicado conjunto, ambas asociaciones han recordado que Grecia, como Estado parte de la Unión Europea, viene obligado, entre otros, por el Tratado de Funcionamiento y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que dicta que «ningún Estado miembro puede suspender unilateralmente derechos fundamentales consagrados en la normativa europea».

Esa competencia, han insistido, corresponde al Consejo de Europa, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo. Además, han señalado que la Carta de Derechos Fundamentales garantiza el derecho de asilo como un derecho cualificado, en base a la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, que establece el principio de no devolución.

Juezas y Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales han recalcado que «las personas solicitantes de asilo buscan protección internacional porque no pueden volver ni ser devueltos a su país de origen por temor justificado de persecución o riesgo de sufrir malos tratos u otros daños graves».

Por ello, han indicado que Reglamento de Dublín requiere que los Estados miembros de la UE examinen toda solicitud de protección internacional presentada por nacionales de terceros Estados o por personas apátridas.

«Resulta vital que, ante esta crisis humanitaria, los Estados europeos actúen en base al principio de solidaridad y responsabilidad compartida», han concluido.

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