Ingreso mínimo vital: requisitos, cómo solicitarlo, cuánto se cobra y más respuestas

Pobreza

Ingreso mínimo vital: requisitos, cómo solicitarlo, cuánto se cobra y más respuestas

El Gobierno aprueba esta nueva prestación no contributiva que no será transitoria, sino un nuevo derecho de ciudadanía.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá

El Gobierno ha aprobado hoy en Consejo de Ministros el Ingreso Mínimo Vital (IMV), cuyo objetivo será reducir la pobreza en España. Será una prestación no contributiva de la Seguridad Social que llegará a unos 850.000 hogares en los que viven aproximadamente 2,3 millones de personas y supondrá un coste para las arcas públicas de unos 3.000 millones de euros anuales. No se trata de una medida transitoria, sino que se suma al sistema de protección social de forma permanente. Será un nuevo derecho de ciudadanía.

¿Cuánto será la cuantía?

La cuantía será diferente según los miembros que compongan la “unidad de convivencia” u hogar. Oscila entre los 462 euros mensuales y los 1.015, en función de que ese núcleo familiar sea monoparental o no y cuantos hijos tenga a su cargo el adulto que solicite la ayuda

De este modo, la renta base para un adulto que viva solo sin menores bajo su tutela será de 462 euros. Con un niño a cargo ascenderá a 701,5; con dos, a 840; con tres o más, a 978. Si hay dos cónyuges en la unidad familiar y ningún menor, recibirán 617 euros al mes; con un hijo, 738; con dos, 877, y con más de dos, 1.015, la cantidad máxima. En el caso de tres adultos esta será de 738. Si estos tienen algún niño o en el caso de “otros” modelos familiares, ascenderá a 877.

¿Se puede compatibilizar con otros ingresos?

Cuando las familias que cumplan los requisitos tengan otras rentas inferiores –también laborales- a las fijadas en el IMV, el Estado pagará solo la diferencia entre esas rentas y el ingreso mínimo vital pertinente para esas familias. Por ejemplo, si una unidad de convivencia ha tenido rentas de 500 euros en el año anterior a la solicitud y una vez aceptada en el programa le corresponden 1.015 euros, se le abonarán 515.

¿A cuántas personas beneficiará?

En un primer momento el gobierno calculó que beneficiaría a un millón de hogares, pero posteriormente ha rebajado su estimación a 850.000. La Seguridad Social calcula que unos 550.000 hogares padecen pobreza extrema en España, es decir, viven con menos de 230 euros al mes. El IMV pretende sacar de esa situación al 80 % de esas familias.

¿Cuáles son los requisitos que tendrán que cumplir los beneficiarios?

Para solicitar la renta mínima es necesario ser residente en España, tener entre 23 y 65 años y estar dado de alta como demandante de empleo.. El límite de edad será 18 años si se tienen hijos y al menos un año de residencia en España. Los ingresos totales han de ser inferiores a la renta garantizada anual, de acuerdo a los umbrales antes citados.

Se tendrá también en cuenta el patrimonio neto (restando las deudas). El límite de este oscilará entre los 16.014 euros para una persona que viva sola hasta los 43.196 euros como máximo, sin tener en cuenta la vivienda habitual. El Instituto Nacional de la Seguridad Social que vigilará los requisitos y que los hogares sean reales para cobrar la renta mínima lo que se comprobará con el libro de familia y el padrón municipal.

¿Cuánto se podrá solicitar?

Las solicitudes se podrán empezar a presentar a partir del 15 de junio y todas se cobrarán con carácter retroactivo desde 1 de junio. De este modo, los primeros beneficiarios empezarán a cobrar a finales del próximo mes a medida que vayan llegando las solicitudes. Pero el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones reconocerá la prestación de oficio inicialmente a unos 100.000 hogares, de especial vulnerabilidad con hijos a cargo y que ya cobran otra prestación.

¿Cómo se solicita?

Los potenciales beneficiarios podrán solicitarlo preferentemente a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Allí solo deberán presentar documentos que justifiquen los requisitos de edad y del tiempo legal de residencia en España. La Seguridad Social comprobará después los ingresos y patrimonio de los solicitantes para simplificar los trámites burocráticos.

También colaboran en la tramitación los servicios sociales de las comunidades autónomas, los ayuntamientos y oenegés como Cruz Roja.

¿Cómo se cobrará el ingreso mínimo vital?

Se abonará de forma mensual mediante una transferencia bancaria.

¿Se podrá trabajar y cobrar el IMV al mismo tiempo?

Sí, el empleo es compatible con el ingreso mínimo vital durante un tiempo. La ayuda va ligada a la búsqueda activa de trabajo.

Por otro lado, se fomentará la búsqueda de empleo de los receptores de la ayuda con un incentivo: a quienes consigan ingresos adicionales por su cuenta no se les descontará un porcentaje de los mismos de la cuantía que tienen que recibir a través del ingreso mínimo vital. Así siempre les merecerá la pena buscar trabajo porque ambos ingresos se complementarán y no se sustituirán completamente.

¿Es compatible con las ayudas de las Comunidades Autónomas?

Sí. El Gobierno ha consensuado con las comunidades autónomas que el ingreso mínimo sea “el suelo mínimo para toda España” que después puede ser complementando con otras ayudas autonómicas ya existentes, como por ejemplo las del País Vasco.

¿Cómo se financiará?

El dinero saldrá de los presupuestos del Estado como todas las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y se financiará con la batería de impuestos ya planteada antes de que estallara la crisis sanitaria del coronavirus.

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