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Los beneficiados por la amnistía fiscal recurrirán al Constitucional si Montoro les obliga a pagar más

Despachos de abogados de los evasores están redactando recursos por si Hacienda cambia las condiciones a instancias de Ciudadanos.  
Los beneficiados por la amnistía fiscal de Cristóbal Montoro están dispuestos a llevar a Hacienda ante el Tribunal Constitucional si modifica ahora, a instancias de Ciudadanos, las condiciones que estableció en 2012 para acogerse a la regularización extraordinaria. Por lo menos eso es lo que asegura hoy elconfidencialdigital.com, que recalca que los afectados no quieren ni oír hablar de pagar un diferencial sobre lo que ya se abonó.
 
Explica el citado medio online que el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, acaba de anunciar el envío masivo de cartas por parte de la Agencia Tributaria a los alrededor de 30.000 contribuyentes que se acogieron a la amnistía fiscal. Una misiva en la que se aclarará a los beneficiarios de la regularización extraordinaria del 2012 (cuyo plazo finalizó el 30 de noviembre de aquel año) que las investigaciones por la amnistía fiscal no prescriben este 30 de noviembre, cuatro años después, en contra de lo que venía alertando Ciudadanos.
 
Haciendo notar también que  el compromiso del Gobierno con el Congreso de los Diputados y con el partido de Albert Rivera, a través del acuerdo de investidura, es el de proceder a la revisión de los expedientes para que los contribuyentes que se acogieron a la amnistía fiscal paguen el 10% y no el 3% que resultó en su día.
 
Elconfidencialdigital.com dice que le han explicado  fuentes de varios despachos fiscales en Madrid,  que “el decreto de Hacienda para la regularización fiscal que dio comienzo en marzo de 2012 y finalizó en noviembre del mismo año, no especifica que los contribuyentes debieran tributar por los bienes y derechos no prescritos”. Pero que “sin embargo, Ciudadanos viene sosteniendo que la interpretación que hizo la Dirección General de Tributos en junio de 2012, tres meses después de entrar en vigor el decreto, sirvió para que se pagara menos por el dinero aflorado”.
 
En opinión de los asesores fiscales de algunos de los investigados, Tributos aclaró que el 10% se aplicaría a lo que no estaba prescrito porque la amnistía fiscal era para aflorar los bienes y derechos sobre los que había una posible deuda, es decir, sobre lo que no estaba prescrito.
 
Recurda el digital que “entre los que presentaron esta declaración, se encuentran muchos de los implicados en los papeles de Panamá, así como nombres tan conocidos como Rodrigo Rato, Luis Bárcenas, la esposa de Arias Cañete o Francisco Granados” y explica que algunos de sus representantes legales le han contado que “han comenzado a redactar los recursos al Tribunal Constitucional, en caso de que Hacienda imponga el pago de cantidades que no fueron requeridas en el momento de cerrar la liquidación”.
 
“Los escritos –siempre según este medio- se basan en el artículo 9.3 de la Constitución, que garantiza la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables y la seguridad jurídica”.
 
En este sentido, los abogados aclaran que «una cosa es revisar la declaración y otra es que se pida el diferencial. Por ello, alegan que los beneficiados fueron a la amnistía con unas condiciones y esas no se pueden modificar a posteriori. Rechazan que se imponga el gravamen efectivo del 10% a todo el patrimonio regularizado, independientemente de su año de origen».
 
Una estrategia con que defienden que, como máximo, Hacienda tiene la capacidad de revisar las declaraciones acogidas a la amnistía para comprobar si el dinero aflorado no proviene de actividades delictivas, como se ha demostrado en algunos expedientes.
 
En estas situaciones, es decir, para los que hubieran cometido delitos, sí habría posibilidad de revisar las liquidaciones, reclamar las cantidades oportunas y establecer sanciones. Pero en los restantes casos, aseguran, resulta prácticamente “inviable jurídicamente”.

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E.B.

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