Hacienda endurece las obligaciones de información a bancos y entidades de pago para combatir el fraude fiscal

Fraude Fiscal

Hacienda endurece las obligaciones de información a bancos y entidades de pago para combatir el fraude fiscal

El nuevo real decreto obliga a remitir datos mensuales sobre cuentas, cobros con tarjetas y operaciones móviles, eliminando el umbral de 3.000 euros y sumando a las entidades de dinero electrónico.

Oficina de la Agencia Tributaria
Oficina de la Agencia Tributaria

El Ministerio de Hacienda ha aprobado una serie de modificaciones normativas que refuerzan las obligaciones de información tributaria de bancos, entidades de pago y emisores de tarjetas. A partir de ahora, deberán remitir datos mensualmente y sin umbral mínimo, incluyendo operaciones con móviles y tarjetas que superen los 25.000 euros anuales.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto que introduce importantes cambios en la normativa tributaria española.

Aunque la medida central del decreto afecta a la deducción por maternidad en el IRPF, también se han incluido modificaciones de calado en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RGAT).

El objetivo: intensificar el control sobre los flujos financieros para mejorar la lucha contra el fraude fiscal.

Nuevas exigencias para bancos y profesionales

Entre los cambios más relevantes, destaca la obligación para las entidades de crédito de remitir información sobre cuentas y sistemas de gestión de cobros de manera mensual, en lugar del modelo anterior. Además, desaparece el umbral de 3.000 euros que limitaba anteriormente la obligación de informar.

“La información de carácter económico sobre las cuentas solo habrá de facilitarse en la declaración correspondiente al último período mensual del año”, precisa el Consejo de Ministros

También se amplía el alcance de los sistemas de cobro incluidos, que ahora engloban todo tipo de tarjetas y también aquellos vinculados a un número de teléfono móvil.

Entidades de pago y electrónicas bajo la lupa

El real decreto también incluye a las entidades de pago y de dinero electrónico, incluidas aquellas de origen extranjero que operen en España, en el listado de sujetos obligados a suministrar información a la Administración Tributaria.

Estas deberán reportar datos sobre todo tipo de cuentas, bancarias y no bancarias, así como operaciones con tarjetas que superen los 25.000 euros anuales, entre abonos, cargos, recargas, retiradas en efectivo y gastos en establecimientos.

Las tarjetas con operaciones inferiores a ese umbral anual quedan exentas de la obligación informativa

Mejora de la eficacia recaudatoria y atención al contribuyente

Desde Hacienda han justificado estas medidas por la necesidad de reforzar los mecanismos de control fiscal, aumentar la eficacia recaudatoria y mejorar la atención a los contribuyentes, dotando a la Administración de una información más detallada y actualizada.

Más información