Economía

Gobierno y agentes sociales inician este jueves la negociación para prorrogar los ERTE

«Mañana se inician los trabajos de negociación de la Comisión Tripartita para pronunciarse sobre la continuidad de los ERTEs y en qué condiciones se va prorrogar este sistema», ha destacado el secretario de Estado.

Pérez Rey ha apuntado que espera que se alcance un acuerdo para adaptar el sistema y su evolución a los meses que quedan por delante. «Respetamos el diálogo social y no sería muy oportuno marcar la dirección en la que tiene que ir una mesa que se constituirá en apenas unas horas», ha apostillado.

Preguntado por si está habiendo una «avalancha» de expedientes de regulación de empleo (ERE), el secretario de Estado ha explicado que los ERTE «están funcionando y manteniendo el empleo».

«Hay que hacer una nítida distinción entre los ajustes que se están produciendo de corte estructural en algunos sectores por la vía de los despidos, que tiene que ver con causas diversas y no con el mal funcionamiento de los ERTE», ha añadido.

Según Pérez Rey, «otra cosa es el criterio de oportunidad por el que algunos sectores estén recurriendo ahora a estos grandes ajustes de plantilla justo en el momento en el que el país necesita un compromiso del mantenimiento del empleo».

«No tenemos datos que corroboren una traslación de ERTE a ERE, lo que hay son algunos ajustes significativos de personal cuya oportunidad es cuestionable en algunos casos», ha puntualizado.

Sistema actual de ERTEs

El pasado 26 de enero, el Gobierno aprobó una nueva prórroga de los ERTE, que finaliza el próximo 31 de mayo, y que mantuvo básicamente el mismo esquema de protección a empresas y trabajadores vigente hasta el momento. No obstante, la norma simplificó los trámites para extenderlos en el tiempo, de forma que no se necesitarán nuevas autorizaciones administrativas.

El esquema que de momento estará en vigor hasta el 31 de mayo contempla el mantenimiento de las tres modalidades de ERTE actuales: los destinados a los sectores ‘ultraprotegidos’ y a las empresas vinculadas a su cadena de valor; los ERTE de impedimento de la actividad, y los ERTE de limitación, los dos últimos pensados para restricciones administrativas temporales adoptadas como medida de freno a los contagios de Covid (reducción de aforos o prohibición de apertura, por ejemplo).

Las exoneraciones en las cotizaciones sociales vinculadas a estas modalidades se mantienen. Así, en el caso de los sectores ‘ultraprotegidos’ y empresas de su cadena de valor, las exenciones serán del 85% para empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen más de 50 empleados, tanto para empleados reincorporados como para suspendidos. Esto, según ha señalado Escrivá, supone una ayuda directa «de facto» para estos sectores.

En los ERTE por impedimento, a los que pueden acogerse empresas de cualquier sector o actividad, las exoneraciones serán del 100% para empresas con menos de 50 trabajadores y del 90% para las que tengan más de 50 empleados en plantilla.

En los ERTE de limitación, a los que también pueden tener acceso empresas de cualquier sector o actividad, las exenciones serán decrecientes hasta mayo de 2021. Para empresas de menos de 50 trabajadores, éstas serán del 100% en febrero, del 90% en marzo, del 85% en abril y del 80% en mayo. Para las que tengan más de 50 empleados, serán del 90%, del 80%, del 75% y del 70%, respectivamente.

Gracias a la simplificación de los trámites, las empresas que sean titulares de un ERTE por impedimento o por limitación, autorizado antes o durante la vigencia de esta norma, no tendrán que solicitar y tramitar un nuevo expediente ante la autoridad laboral para pasar de uno a otro. Bastará con que remitan una comunicación a la autoridad laboral que haya dictado la resolución correspondiente al ERTE del que es titular y a la representación sindical, y no será necesario que remitan una nueva solicitud colectiva de prestaciones al SEPE.

Los ERTE Covid basados en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) se podrán seguir beneficiando tanto de la simplificación de trámites prevista en el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, como de la posibilidad, inexistente en su regulación ordinaria, de tramitar una prórroga presentando ante la autoridad laboral un acuerdo en tal sentido con la representación unitaria o sindical.

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E.B.

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