Glovo, sancionada con 847.640 euros en Sevilla por emplear a 64 repartidores sin papeles

Derechos laborales

Glovo, sancionada con 847.640 euros en Sevilla por emplear a 64 repartidores sin papeles

La Subdelegación del Gobierno considera «muy grave» que la empresa contratara a trabajadores extranjeros sin permiso de residencia ni trabajo en España.

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La Inspección de Trabajo ha detectado que Glovo empleó en Sevilla a 64 repartidores extranjeros sin permiso legal para trabajar, lo que ha derivado en una multa de más de 847.000 euros. La empresa, que ya ha recurrido la resolución, se enfrenta a un nuevo episodio dentro de las inspecciones en plataformas digitales.. Texto introductorio: Glovo vuelve a estar en el punto de mira de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Subdelegación del Gobierno en Sevilla ha sancionado a la multinacional de reparto a domicilio por emplear a decenas de trabajadores sin cumplir con los requisitos legales de residencia y trabajo en España. La cuantía de la multa, que asciende a 847.640 euros, refleja la gravedad de las infracciones detectadas en el marco de un operativo centrado en las plataformas digitales de reparto. Trabajadores sin permiso de residencia ni alta en la Seguridad Social La sanción ha sido impuesta por el área de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno tras un exhaustivo informe de la Inspección de Trabajo, que ha identificado a 64 repartidores extranjeros sin autorización para trabajar en España. Las irregularidades detectadas se consideran "muy graves", ya que los empleados estaban vinculados laboralmente a Glovo como trabajadores por cuenta ajena, sin estar dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social ni haber realizado la empresa las correspondientes cotizaciones sociales. Además de esta infracción laboral, la inspección señala la ausencia de autorización administrativa para ejercer actividad laboral en suelo español, en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, sobre los derechos de los extranjeros. La inspección ha verificado que 64 repartidores carecían de los permisos necesarios para trabajar legalmente en el país durante el periodo de prestación de servicios Dos sanciones acumuladas que suman más de 847.000 euros La sanción total se compone de dos procedimientos. El primero afecta a 20 trabajadores e incluye liquidaciones a la Seguridad Social por valor de 210.649,43 euros. El segundo, a 44 repartidores, con un importe asociado de 636.990,59 euros. Nº de trabajadores Importe sanción Cotizaciones Seguridad Social 20 Incluido 210.649,43 € 44 Incluido 636.990,59 € Total: 64 847.640,02 € Estas cifras se derivan del uso de personal sin permisos adecuados y del incumplimiento de las obligaciones de afiliación y cotización. La sanción se enmarca en el plan especial de inspección a plataformas digitales, en el que Glovo ya ha sido objeto de otras investigaciones anteriores Glovo recurre la sanción mientras se intensifica la vigilancia a las plataformas La resolución no es firme, ya que Glovo ha presentado recurso, como parte de su estrategia legal para frenar el impacto económico y reputacional de este nuevo episodio. Las autoridades recuerdan que, al tratarse de una relación laboral por cuenta ajena, los trabajadores extranjeros deben disponer obligatoriamente de autorización de residencia y trabajo.

La Inspección de Trabajo ha detectado que Glovo empleó en Sevilla a 64 repartidores extranjeros sin permiso legal para trabajar, lo que ha derivado en una multa de más de 847.000 euros. La empresa, que ya ha recurrido la resolución, se enfrenta a un nuevo episodio dentro de las inspecciones en plataformas digitales.

Texto introductorio: Glovo vuelve a estar en el punto de mira de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Subdelegación del Gobierno en Sevilla ha sancionado a la multinacional de reparto a domicilio por emplear a decenas de trabajadores sin cumplir con los requisitos legales de residencia y trabajo en España. La cuantía de la multa, que asciende a 847.640 euros, refleja la gravedad de las infracciones detectadas en el marco de un operativo centrado en las plataformas digitales de reparto.

Trabajadores sin permiso de residencia ni alta en la Seguridad Social

La sanción ha sido impuesta por el área de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno tras un exhaustivo informe de la Inspección de Trabajo, que ha identificado a 64 repartidores extranjeros sin autorización para trabajar en España.

Las irregularidades detectadas se consideran «muy graves», ya que los empleados estaban vinculados laboralmente a Glovo como trabajadores por cuenta ajena, sin estar dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social ni haber realizado la empresa las correspondientes cotizaciones sociales.

Además de esta infracción laboral, la inspección señala la ausencia de autorización administrativa para ejercer actividad laboral en suelo español, en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, sobre los derechos de los extranjeros.

La inspección ha verificado que 64 repartidores carecían de los permisos necesarios para trabajar legalmente en el país durante el periodo de prestación de servicios

Dos sanciones acumuladas que suman más de 847.000 euros

La sanción total se compone de dos procedimientos. El primero afecta a 20 trabajadores e incluye liquidaciones a la Seguridad Social por valor de 210.649,43 euros. El segundo, a 44 repartidores, con un importe asociado de 636.990,59 euros.

Nº de trabajadores Importe sanción Cotizaciones Seguridad Social
20 Incluido 210.649,43 €
44 Incluido 636.990,59 €
Total: 64 847.640,02 €

Estas cifras se derivan del uso de personal sin permisos adecuados y del incumplimiento de las obligaciones de afiliación y cotización.

La sanción se enmarca en el plan especial de inspección a plataformas digitales, en el que Glovo ya ha sido objeto de otras investigaciones anteriores

Glovo recurre la sanción mientras se intensifica la vigilancia a las plataformas

La resolución no es firme, ya que Glovo ha presentado recurso, como parte de su estrategia legal para frenar el impacto económico y reputacional de este nuevo episodio.

Las autoridades recuerdan que, al tratarse de una relación laboral por cuenta ajena, los trabajadores extranjeros deben disponer obligatoriamente de autorización de residencia y trabajo.

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