Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha dejado en el congelador la sentencia del 16 de octubre de 2018, por la que se determinaba que era la entidad bancaria, y no el prestatario, a quien le correspondía el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) derivado de la formalización de una hipoteca. Ahora, se abren cuatro posibles escenarios para los afectados.
Legálitas recuerda que la sentencia, dictada por una de las secciones de la Sala III del Tribunal Supremo (sala Contenciosa Administrativa) “es firme de pleno derecho”. No obstante, debido a su impacto radical en la economía y la sociedad, el presidente de la Sala III ha informado que la próxima sentencia que se dicte sobre esta materia concreta, será valorada por los 33 magistrados que componen la Sala, y no sólo por una de las secciones, como hasta ahora se hacía. “El hecho de que decida el Pleno de Magistrados de la Sala supone que la próxima sentencia será clave, ya que unificaría la jurisprudencia y despejaría todas las dudas que se suscitan ahora”, explica en un comunicado la compañía de servicios jurídicos.
A la espera de la decisión, Legálitas baraja una serie de escenarios que podrían producirse una vez se dicte la sentencia. Uno de estos cuatro supuestos será el que utilicen los ciudadanos afectados para reclamar, si así lo decide el Alto Tribunal, el dinero pagado de más:
Mientras llega la decisión, la recomendación a los clientes se basa en reunir la documentación necesaria, localizar la escritura de préstamo hipotecario cuyos gastos se pretendan reclamar, junto con las facturas de notaría, registro de la propiedad, tasación del inmueble, gestoría e impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
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