Los ERE de la banca

ERE de Bankia: el polémico párrafo en las extinciones que ha causado un roce con los sindicatos

Varios trabajadores afectados por el ERE firman la extinción del contrato con un “Recibí No Conforme”.

Bankia

La firma el pasado febrero del acuerdo para llevar a cabo un expediente de regulación de empleo (ERE) que afectará a unos 2.000 trabajadores no ha librado a Bankia de nuevos enfrentamientos con los sindicatos. El último roce se refiere a un párrafo que el banco ha incluido en las cartas en las que se comunica la extinción del contrato.

Tal y como destaca Sesfi, que era el sindicato mayoritario en el absorbido BMN, Bankia ha incluido en las cartas de comunicación de la extinción de la relación laboral el siguiente párrafo:

“Con el abono de estas cuantías, queda extinguida, saldada y finiquitada la relación laboral, así como los conceptos y cantidades derivados del Sistema de Previsión Social Complementaria aplicable en la empresa, sin que tenga ningún otro importe o reclamación pendiente por concepto alguno contra Bankia, S.A., salvo las cuantías que, en su caso, puedan corresponder derivadas de la aportación al Plan de Pensiones de Empleo del trimestre en el que se produce la extinción de la relación laboral que se realizarán en la fecha ordinaria de aportación del citado trimestre”.

Para la formación sindical, este párrafo “pretende otorgar a la comunicación de la extinción de la relación laboral un valor de finiquito liberatorio que de ninguna manera corresponde”, por lo que ha solicitado al banco que elimine esta referencia y ha recomendado a los trabajadores que firmen el documento con un “Recibí No Conforme”.

Esta respuesta, sin embargo, no parece haber sentado bien al banco, según señala el sindicato, que destaca que en la comisión de seguimiento del ERE Bankia manifestó su “malestar” porque algunos empleados firmasen la carta de extinción con esta fórmula. Aunque la dirección aceptará estas salidas, habría amenazado con no admitir las próximas que lleguen de ese modo, de acuerdo con el sindicato, que “no entiende que la empresa se niegue a eliminar de dicho documento la cláusula de carácter de finiquito liberatorio que incluye”.

Sesfi se muestra también muy crítico con el resto de sindicatos de la mesa, que “parece ser que sí están conformes con que la empresa incluya en una carta de despido, la cual no debe ser más que una mera comunicación unilateral de la empresa, una cláusula que puede dar la impresión de que el trabajador está renunciando a derechos que le pudieran corresponder”.

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