El Tribunal Supremo avala que 532 ‘riders’ de Deliveroo son asalariados

Justicia

El Tribunal Supremo avala que 532 ‘riders’ de Deliveroo son asalariados

Deliveroo, que no comparte el fallo, precisa que esta sentencia “solo afecta a contratos que dejaron de utilizarse hace más de tres años”.

Deliveroo
Deliveroo.
El Supremo ha dictaminado que 532 ‘riders’ de Deliveroo son asalariados tras inadmitir el recurso de casación presentado por la plataforma de comida a domicilio y basándose en la sentencia del alto tribunal que consideró a un repartidor de Glovo como falso autónomo.. En concreto, Deliveroo presentó un recurso contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en enero de 2020 que consideraba falsos autónomos a más de 500 repartidores de la plataforma en la capital española. En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, se subraya que los ‘riders” que “prestan servicios en la plataforma demandada tienen una relación laboral con la empresa”. Además, ha destacado la “elaborada resolución” llevada a cabo por el TSJM en su fallo, donde constata que concurren las notas de “dependencia”, ya que para controlar que el repartidor realiza correctamente su actividad, se halla localizado mientras hace los pedidos, mediante GPS, y la de “habitualidad”, donde la ausencia de ésta penaliza al repartidor. El tribunal considera que la pretensión impugnatoria de Deliveroo es contraria a la doctrina dictada por esa misma sala en la sentencia de 25 de septiembre de 2020, donde se reconoció a un trabajador de Glovo como falso autónomo. Así, recalca que la pretensión deducida en el recurso “carece de contenido casacional”. De esta forma, impone a Deliveroo el pago de las costas en una cuantía de 300 euros por cada una de las partes personadas, la pérdida del depósito y recuerda que contra este auto no cabe recurso alguno. Deliveroo no comparte la decisión Por su parte, Deliveroo ha asegurado que respeta el fallo, pero que “no comparte” la decisión. En concreto, la plataforma de reparto a domicilio ha subrayado que su modelo de negocio “siempre ha proporcionado a los ‘riders’ la flexibilidad que dicen que tanto valoran”, por lo que consideran que los repartidores son “libres de elegir cuándo, cómo y dónde trabajan”. “Este caso hace referencia a un modelo de colaboración del pasado y no refleja la forma en la que los ‘riders’ colaboran con Deliveroo hoy en día. Esta sentencia solo afecta a contratos que dejaron de utilizarse hace más de tres años”, ha precisado Deliveroo. La plataforma de ‘delivery’ ha subrayado que “lleva mucho tiempo defendiendo el derecho de los ‘riders’ a trabajar de forma flexible, que es lo que desean por encima de todo” y ha recordado las protestas de los repartidores que piden “mantenerse como autónomos”. “Buscaremos una forma de trabajar que responda a esas peticiones”, han recalcado desde la compañía.

El Supremo ha dictaminado que 532 ‘riders’ de Deliveroo son asalariados tras inadmitir el recurso de casación presentado por la plataforma de comida a domicilio y basándose en la sentencia del alto tribunal que consideró a un repartidor de Glovo como falso autónomo.

En concreto, Deliveroo presentó un recurso contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en enero de 2020 que consideraba falsos autónomos a más de 500 repartidores de la plataforma en la capital española.

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, se subraya que los ‘riders” que “prestan servicios en la plataforma demandada tienen una relación laboral con la empresa”. Además, ha destacado la “elaborada resolución” llevada a cabo por el TSJM en su fallo, donde constata que concurren las notas de “dependencia”, ya que para controlar que el repartidor realiza correctamente su actividad, se halla localizado mientras hace los pedidos, mediante GPS, y la de “habitualidad”, donde la ausencia de ésta penaliza al repartidor.

El tribunal considera que la pretensión impugnatoria de Deliveroo es contraria a la doctrina dictada por esa misma sala en la sentencia de 25 de septiembre de 2020, donde se reconoció a un trabajador de Glovo como falso autónomo. Así, recalca que la pretensión deducida en el recurso “carece de contenido casacional”.

De esta forma, impone a Deliveroo el pago de las costas en una cuantía de 300 euros por cada una de las partes personadas, la pérdida del depósito y recuerda que contra este auto no cabe recurso alguno.

Deliveroo no comparte la decisión

Por su parte, Deliveroo ha asegurado que respeta el fallo, pero que “no comparte” la decisión. En concreto, la plataforma de reparto a domicilio ha subrayado que su modelo de negocio “siempre ha proporcionado a los ‘riders’ la flexibilidad que dicen que tanto valoran”, por lo que consideran que los repartidores son “libres de elegir cuándo, cómo y dónde trabajan”.

“Este caso hace referencia a un modelo de colaboración del pasado y no refleja la forma en la que los ‘riders’ colaboran con Deliveroo hoy en día. Esta sentencia solo afecta a contratos que dejaron de utilizarse hace más de tres años”, ha precisado Deliveroo.

La plataforma de ‘delivery’ ha subrayado que “lleva mucho tiempo defendiendo el derecho de los ‘riders’ a trabajar de forma flexible, que es lo que desean por encima de todo” y ha recordado las protestas de los repartidores que piden “mantenerse como autónomos”. “Buscaremos una forma de trabajar que responda a esas peticiones”, han recalcado desde la compañía.

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