La sentencia responde a la normativa eslovena que fija un límite del 4% en las comisiones, argumentando que la restricción puede favorecer el acceso a viviendas asequibles.
Una medida para garantizar precios accesibles
El fallo del TJUE se basa en que la limitación de comisiones no discrimina a las empresas extranjeras y responde a una razón imperiosa de interés general, como es la accesibilidad a la vivienda. El Tribunal sostiene que la medida puede contribuir a evitar precios abusivos en los servicios inmobiliarios, beneficiando tanto a compradores como a inquilinos.
La normativa eslovena establece un límite del 4% sobre el precio contractual para las comisiones de intermediación en la compra, venta y alquiler de inmuebles
Revisión por el Tribunal Constitucional esloveno
A pesar del respaldo del TJUE, la sentencia subraya que corresponde al Tribunal Constitucional de Eslovenia verificar si esta medida es realmente necesaria para alcanzar sus objetivos y si existen alternativas menos restrictivas.
Entre las opciones a considerar, el tribunal sugiere evaluar si sería posible aplicar límites de comisión solo para consumidores vulnerables o garantizar que los honorarios permitan a las agencias cubrir sus gastos y obtener un beneficio razonable.
Impacto en el sector inmobiliario europeo
Este fallo podría sentar un precedente en la UE, alentando a otros Estados miembros a imponer límites en las comisiones inmobiliarias con el objetivo de mejorar la accesibilidad a la vivienda. No obstante, su aplicación dependerá de cada país y de cómo equilibren los derechos de las empresas con la protección del consumidor.