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El Pleno del Tribunal Constitucional, por mayoría de ocho votos, ha acordado desestimar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados contra la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, la LOMCE, también conocida como ley Wert.
Con esta sentencia, los magistrados avalan que se dé financiación pública a colegios que segregan por sexos, uno de los principales aspectos incluidos en el recurso de los socialistas, que consideraban inconstitucional el concierto a centros de educación segregada La LOMCE blindó la posibilidad de que esta enseñanza recibiera fondos públicos.
El PSOE argumentaba en su recurso que supone una discriminación por razón de género que vulnera el artículo 14 de la Constitución (la igualdad ante la ley y la prohibición de discriminación)
Según informa el TC la sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Alfredo Montoya, no ha habido unanimidad ya que cuenta con el voto concurrente de la vicepresidenta del Tribunal, Encarnación Roca, y han anunciado voto particular discrepante los Magistrados Fernando Valdés Dal-Ré, Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y la Magistrada María Luisa Balaguer.
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