El Supremo reconoce la falta de transparencia en las hipotecas IRPH pero niega que sean abusivas

Hipotecas

El Supremo reconoce la falta de transparencia en las hipotecas IRPH pero niega que sean abusivas

Todavía queda pendiente un quinto recurso sobre el IRPH que versa sobre una vivienda de protección oficial.

Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha apreciado “falta de transparencia” en las hipotecas vinculadas al al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), pero descarta que hubiese “abusividad” en su comercialización, de acuerdo con un fallo conocido hoy que cuenta con un voto particular. El Supremo ha deliberado y resuelto cuatro recursos de casación en relación con las hipotecas vinculadas al IRPH. En los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha apreciado “falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores”, señala el alto tribunalen un comunicado. No obstante, y siguiendo también la jurisprudencia de la justicia europea, “ha procedido a hacer el análisis de abusividad concluyendo, en los casos enjuiciados, que no había abusividad”. El fallo cuenta con el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas y ha sido comunicado ya a los procuradores de las partes. El texto íntegro de la sentencia se redactará en los próximos días. Todavía queda pendiente un quinto recurso sobre IRPH que también se deliberará hoy pero que presenta perfiles diferentes, por versar sobre una vivienda de protección oficial, apunta el Supremo.

El Tribunal Supremo ha apreciado “falta de transparencia” en las hipotecas vinculadas al al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), pero descarta que hubiese “abusividad” en su comercialización, de acuerdo con un fallo conocido hoy que cuenta con un voto particular.

El Supremo ha deliberado y resuelto cuatro recursos de casación en relación con las hipotecas vinculadas al IRPH. En los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha apreciado “falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores”, señala el alto tribunalen un comunicado.

No obstante, y siguiendo también la jurisprudencia de la justicia europea, “ha procedido a hacer el análisis de abusividad concluyendo, en los casos enjuiciados, que no había abusividad”.

El fallo cuenta con el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas y ha sido comunicado ya a los procuradores de las partes. El texto íntegro de la sentencia se redactará en los próximos días.

Todavía queda pendiente un quinto recurso sobre IRPH que también se deliberará hoy pero que presenta perfiles diferentes, por versar sobre una vivienda de protección oficial, apunta el Supremo.

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