El Supremo pide a la Audiencia que investigue los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
Caso Koldo

El Supremo pide a la Audiencia que investigue los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García

El instructor del caso Koldo considera que la declaración del exgerente y una trabajadora del partido han dejado “incógnitas” que deben despejarse tras una investigación.

Tribunal Supremo
Tribunal Supremo.

El magistrado del Tribunal Supremo que investiga el caso Koldo, Leopoldo Puente, ha instado a la Audiencia Nacional a que investigue los pagos en metálico que realizó el PSOE en favor del exministro José Luis Ábalos y el  que fuera su asesor Koldo García.

En un auto, el instructor recuerda que el informe de la UCO referido reflejaba la existencia de ciertas comunicaciones relativas a posibles pagos en metálico de determinadas cantidades por parte del PSOE en favor de José Luis Ábalos o de Koldo García, que no constarían, ni por sus fechas ni por sus importes, en la información facilitada por el mencionado partido en la causa. Asimismo, indica que ni el exministro ni su exasesor ofrecieron al respecto ninguna clase de información en sus comparecencias de este mes ante el magistrado, en las que se acogieron a su derecho a no declarar.

Esa fue la razón por las que se citó al exgerente y a una empleada del PSOE al efecto –señala el auto– de que pudieran ofrecer una satisfactoria explicación al respecto, excluyente, si ese fuera el caso, de cualquier posible responsabilidad en la que dicho partido político pudiera haber incurrido.

El auto concluye que “todas estas incógnitas deben ser despejadas, tras practicarse la investigación correspondiente, en la medida en que pudieran denotar la eventual existencia de conductas o actividades irregulares, e incluso potencialmente delictivas”. “Sin embargo”, continúa, “parece claro también que la actividad del partido político, sea finalmente una u otra la calificación jurídica que merezca, no se halla inescindiblemente vinculada a los hechos aparentemente delictivos que constituyen el objeto de la presente causa especial, cuya competencia, además corresponde a este Supremo únicamente por la condición de aforado que ostenta Ábalos”.

Por estas razones, se inhibe en favor del Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional “al efecto de que si, considera que existen para ello méritos suficientes, se proceda a la investigación de los referidos extremos”.

En este sentido, acuerda remitirle el informe de la UCO, la información facilitada por el PSOE y las declaraciones prestadas esta semana en la causa por el exgerente y la empleada del partido, así como la de Carmen Pano, quien declaró ante el juez del Supremo que en dos ocasiones acudió a la sede del PSOE, ambas en el mes de octubre de 2020, e hizo entrega de 45.000 euros en metálico en cada una de las oportunidades.

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