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El Supremo obliga al Estado a ingresar 100 millones al sistema gasista por el Castor

El Tribunal Supremo ha obligado al Estado a reintegrar más de 100 millones de euros al sistema gasista en concepto de las sumas abonadas a Enagás durante 2016 por las tareas de mantenimiento del almacén de gas subterráneo Castor, ahora hibernado.

En una sentencia que recoge la agencia Efe y fue adelantada por El País, la sala de lo Contencioso-Administrativo, que el pasado noviembre ordenó el reintegro de otros 18 millones de euros por el mismo concepto en el ejercicio anterior, vuelve a estimar un recurso de la patronal catalana Cecot contra la orden ministerial de 2015 que establecía los peajes de acceso a estas instalaciones.

En el primero de sus escritos, la Cecot alegaba, entre otras cuestiones, que la orden recurrida se basaba en el Real Decreto-ley 12/2014, algunos de cuyos preceptos fueron declarados inconstitucionales en diciembre del año pasado. Por el contrario, las partes demandadas -la Administración y Escal UGS, sociedad participada por ACS que construyó el almacén- sostenían que la declaración de inconstitucionalidad de determinados apartados de la norma no implicaba que fuera contraria de derecho.

A este “precedente de interés” remite el Supremo, que extrapola los argumentos del fallo dictado hace apenas un mes al presente caso, con la única diferencia de que en esta ocasión la orden enjuiciada es de 2015 “y se proyecta sobre el 2016”. Por ello, acuerda unificar su doctrina, dándole la razón de nuevo a la patronal y condenando a las demandadas al pago adicional de 4.000 euros en costas.

Según el presidente de la Cecot, Antoni Abad, el éxito de estos recursos hará “que el resto (otros dos por las órdenes ministeriales para los ejercicios 2017 y 2018) tengan un veredicto positivo para los consumidores de gas”.

En un comunicado, la patronal explica que el Gobierno dispone de dos meses para reintegrar las cuantías; mientras tanto, permanece atenta a la articulación de un mecanismo de devolución del importe repercutido en las facturas de gas de los consumidores desde el 2014 “por el mantenimiento de una infraestructura que no se ha llegado a poner en funcionamiento, ni prestado servicio alguno”.

En septiembre de 2013, el Ejecutivo suspendió la actividad del almacén de gas tras los seísmos registrados en la zona; cuatro años después, el Tribunal Constitucional anuló la indemnización de 1.350,7 millones de euros concedida a Escal UGS por la hibernación del proyecto.

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E.B.

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