Caso Koldo

El Supremo imputa a tres exdirectivos de Acciona tras los registros por el ‘caso Koldo’

El juez levanta el secreto de sumario de la investigación relacionada con Santos Cerdán y las adjudicaciones de obra pública a Acciona.

Tribunal Supremo
Tribunal Supremo.

El instructor del ‘caso Koldo’ en el Tribunal Supremo ha imputado a un ex directivo de Acciona y a las dos personas que le reportaban, tras los ocho registros efectuados el pasado viernes en varias empresas, incluida la constructora, en el marco de las pesquisas por la presunta trama de amaño de obra pública a cambio de comisiones.

Además, el magistrado Lepoldo Puente ha levantado el secreto sobre lo relativo a estas diligencias de entrada y registro, tras recibir el pasado 11 de noviembre un último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

Según las fuentes del caso consultadas por Europa Press, se trata del informe patrimonial del ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, al que el instructor considera el presunto cabecilla de la trama de obra pública.

El magistrado detalla que dicho informe contiene “referencias a extremos concretos, relativos en particular a la aparentemente indebida adjudicación de determinadas obras públicas”.

Puente explica que, de lo actuado, se desprende la posible “participación” tanto de Justo Vicente Pelegrini como de Tomás Olarte y Manuel José García, por lo que les cita a los tres en calidad de investigados para el próximo 3 de diciembre a las 10, 11 y 12 horas, sucesivamente.

Pelegrini era el director de Construcción de Acciona para España hasta el pasado 16 de junio, cuando la empresa lo cesó y resolvió todos los contratos con Servinabar –empresa vinculada a Cerdán y a su socio Antxon Alonso– tras conocer el informe de la UCO sobre el que fuera ‘número tres’ del PSOE.

Por su parte, Olarte y García eran las dos personas que reportaban a Pelegrini desde sus respectivos puestos en Acciona.

El juez señala que levanta el secreto parcial que había acordado al considerar que, una vez realizados los registros y asegurado el material incautado –que revela que incluye “terminales telefónicos y/o informáticos”– ya no es necesario.

En esa parte reservada estaba, según especifica Puente, “el informe policial fechado el día 11 de noviembre, la resolución que decretaba el secreto parcial de las actuaciones y todas las posteriores disponiendo la práctica de determinadas diligencias, así como los informes emitidos en dicha pieza tanto por el Ministerio Fiscal como por la propia unidad policial”.

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