Nacional

El Supremo fija que una caída de camino al bar para merendar en horario de trabajo es un accidente laboral

Los magistrados de la Sala de lo Social han estudiado el caso de una mujer que en noviembre de 2016 «sufrió una caída cuando se dirigía desde su centro de trabajo a un bar a merendar». Dicha caída le provocó una «situación de incapacidad temporal» por la que luego se abrió un expediente en el que se declaró que el accidente fue laboral y que la responsabilidad era de la mutua correspondiente.

La mutua, disconforme con tal conclusión, llevó el caso a los tribunales para que «la situación de incapacidad temporal de la trabajadora fuera declarada derivada de accidente no laboral».

El Juzgado de lo Social Número 1 de Málaga desestimó la demanda y coincidió con que «el accidente tuvo lugar con ocasión del trabajo, en la media hora de bocadillo que se califica como tiempo de trabajo por el convenio colectivo». El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó la decisión.

La mutua en cuestión acudió al Supremo para pedirle que unificara doctrina porque, a su juicio, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias había dictado una sentencia en la que se llegaba a otra conclusión en un caso similar. «Entre las sentencias existe la identidad necesaria para apreciar que sus pronunciamientos son contradictorios», apuntaba el recurso.

EL DESCANSO ES TIEMPO DE TRABAJO

Ahora el Supremo, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, ha indicado que la decisión a la que llegó el tribunal andaluz es la que se apega a la «doctrina correcta». Los magistrados han explicado que «las circunstancias que rodean el caso evidencian que el accidente ocurrió con ocasión del trabajo, al producirse en el tiempo de trabajo del que dispuso la trabajadora para reponer fuerzas».

En la resolución, de la que ha sido ponente la magistrada María Luz García Paredes, el tribunal ha incidido en que el hecho de que el lugar en el que aconteció el siniestro no fuera propiamente el lugar de su actividad profesional no altera su vinculación con el trabajo. «Su salida del centro (…) se debe entender como una actividad normal de la vida laboral que de no estar prestando servicios no se hubiera producido», ha añadido.

Acceda a la versión completa del contenido

El Supremo fija que una caída de camino al bar para merendar en horario de trabajo es un accidente laboral

E.B.

El Boletín es un periódico digital independiente especializado en información económica, financiera y política, con casi tres décadas de historia. Fundado en 1992 por el periodista CARLOS HUMANES, en la actualidad lo edita Editorial Asesores de Publicaciones SCM, sociedad perteneciente al 100% a las personas que trabajan a diario en la redacción. Somos un grupo de periodistas que defiende un periodismo riguroso, honesto y abierto. Ni siglas ni partidos.

Entradas recientes

Las aerolíneas recortan vuelos y previsiones por el encarecimiento del combustible tras la crisis en Ormuz

El repunte del queroseno, clave para el sector aéreo, está obligando a las compañías a…

3 horas hace

Retrasos en los trenes AVE por incidencias en Atocha y Puertollano este domingo

El tráfico ferroviario en Madrid ha registrado este domingo por la tarde importantes incidencias que…

5 horas hace

Israel deja más de 2.500 muertos en Líbano desde marzo

La nueva cifra llega en pleno alto el fuego de 10 días entre Israel y…

6 horas hace

Más calor, más muertes: el impacto del cambio climático se acelera en Europa

El impacto del cambio climático sobre la salud en Europa ya es una realidad que…

19 horas hace

Trump es evacuado por el Servicio Secreto tras un intento de ataque fallido en un evento con periodistas

El incidente ha interrumpido uno de los actos más simbólicos del calendario político y mediático…

19 horas hace

Lo que la ciencia ha aprendido de Chernóbil

La catástrofe de la planta ubicada en Ucrania —que entonces aún formaba parte de la…

20 horas hace