La Sala considera que dichos artículos constituyen una intromisión ilegítima en el derecho al honor de Pablo Iglesias, por lo que condena solidariamente a ambos a indemnizar con 18.000 euros al demandante.
Además, condena a dichos demandados a publicar una nota que recoja resumidamente los principales argumentos de la sentencia y a que cesen la divulgación de los artículos objeto del proceso en Internet y realicen las gestiones adecuadas encaminadas a que el acceso al contenido de esos artículos no sea mostrado en las listas de resultados en los motores de búsqueda en Internet.






