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El Supremo anula la condena a Blesa por las tarjetas ‘black’ tras su muerte

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha declarado extinta la responsabilidad penal del expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, condenado a seis años de cárcel por las tarjetas ‘black’ de la entidad, a consecuencia de su fallecimiento. Esta medida está contemplada para todos aquellos casos en los que se produzca la defunción del condenado, incluso antes de que la sentencia se haya hecho firme, como pasa con Blesa.

Según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), tal y como recoge EFE, la acción penal quedó extinguida el pasado 19 de julio, cuando el exbanquero se suicidió con un disparo en el pecho en una finca de Córdoba. En ese momento cayó de forma automática el efecto del recurso que su defensa había presentado al Supremo.

Aunque la diligencia sólo afecta a esta pieza separada del caso Bankia, la norma presupone además el sobreseimiento de otras causas -siempre en términos penales- respecto de Blesa, como la de las participaciones preferentes de Caja Madrid.

Igual sucede, continúa la mencionada agencia, con otro proceso más avanzado, como es el de los sobresueldos en la entidad madrileña, por el que la Fiscalía solicitaba para él cuatro años de prisión por administración desleal continuada y que, de no haberse producido el deceso, en los próximos meses le habría sentado en el banquillo junto con el que fuera su director general, Ildefonso Sánchez Barcoj.

Eso sí, la extinción de la responsabilidad por dicho proceso no afecta a la civil. Es decir, a las posibles indemnizaciones, que de confirmarse lo dictado por la Audiencia Nacional habrían de ser abonadas por sus herederos sólo en el supuesto de que no renuncien a la parte proporcional de su herencia.

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El Supremo anula la condena a Blesa por las tarjetas ‘black’ tras su muerte

E.B.

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